En días pasados, el grupo parlamentario de Morena hizo una “solicitud” para dar más difusión a la iniciativa de la reforma eléctrica. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, aplazó para el 17 de abril la discusión de la Reforma Eléctrica, al no haber acuerdos entre los dos principales frentes, la alianza Morena, PT y PVEM y la coalición legislativa Va por México del PRI, PAN y PRD.

Se advierten varios escenarios ante esta decisión, para efectos de esta iniciativa, al modificarse la convocatoria de la sesión para un día en que, por lo general, no se sesiona, es una estrategia parlamentaria que se encuadra en la aritmética legislativa. La sesión se debe instalar con quienes estén presentes, con la mitad más uno de sus integrantes, es posible que el GPPM pretenda tener mayoría y concluido el debate proceder a la votación en el momento en que los números se den a su favor.

El quórum es importante para poder tomar decisiones o realizar votaciones legales de los asuntos que desahogan, así como impedir que una minoría tome decisiones y fomentar la reunión regular de los órganos legislativos. La doctrina suele diferenciar entre quórum de asistencia y quórum de votación. Esta clasificación es útil para identificar los casos en que, para votar, se exige un número de asistentes superior al requerido para deliberar. Cuando las normas legislativas no establecen una regla específica, se entiende que la cámara toma sus decisiones por mayoría de los presentes.

El quórum atiende a la solución de dos problemas: por una parte, es una garantía del sistema representativo, en cuanto a que en las deliberaciones pueden participar un número adecuado de representantes; sin embargo en las votaciones deben cumplir con el porcentaje que establece su reglamento. Por otro lado, es una garantía del sistema republicano, en cuanto a que las instituciones deben funcionar razonablemente. En esta medida, el número requerido para integrar el quórum no debe ser tan reducido como para distorsionar la función representativa de un congreso, ni tan elevado como para entorpecer sus actividades.

Existen diversas disposiciones constitucionales conforme a las cuales algunas decisiones deben ser adoptadas por una mayoría calificada como es el caso de los artículos 72, incisos d y e; 73, fracción III, 5o.; 110, 111, y 135. Este último se refiere a que la Constitución puede ser adicionada o reformada y para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes en cada Cámara, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.

Por otro lado, el mínimo requerido por el artículo 63 constitucional debe entenderse en relación con las funciones de representación que las cámaras del congreso están llamadas a realizar. Es decir, en el congreso se encuentran representadas, por decisión del electorado, una diversidad de fuerzas políticas y corrientes de opinión, cuya presencia y participación en las discusiones hace posible la gobernabilidad.

El escenario ideal sería la asistencia de los 500 integrantes, donde la mayoría calificada es de 334 votos, el escenario posible que haya 415 asistentes donde el voto calificado sería 277, el escenario impensable sería de 300 asistencias, donde el voto calificado sería de 200 y el escenario inviable 251 asistencias donde el voto calificado sería 168.

En la próxima sesión, la lucha se dará entre el escenario posible y el impensable, el juego del poder y la estrategia parlamentaria, con números, conocimiento y manejo de la aritmética legislativa.

Se requerirá de la disciplina, responsabilidad y compromiso político para que estén físicamente los legisladores desde el inicio y hasta que se levante la sesión.

Expresidente municipal de Querétaro y exlegislador. @Chucho_RH

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