Autoridades del fuero federal del ámbito de impartición de justicia entrampadas en criterios encontrados sobre la inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica.

Senadores interpusieron juicio de inconstitucionalidad en contra de varios artículos, el cual fue resuelto por el pleno de la SCJN, bajo criterios difusos y confusos, en tanto la ejecutoria no ha sido publicada en el apartado de los resolutivos para precisar lo resuelto por los ministros; las votaciones que declaran la constitucionalidad las perdieron los 4 ministros de AMLO; mientras que aquellos que ganaron la votación no han podido conocer con certeza cómo quedó la ejecutoria; entre otras cosas, porque el presidente de la Corte se fue de vacaciones a los EUA, sin haber publicado los resolutivos en el DOF.

El Presidente de la República y Morena se alegraron, suponen ganaron el juicio de inconstitucionalidad gracias al proyecto presentado por la exdiputada del PT y cofundadora de Morena, Lotetta Ortiz Ahlf; proyecto que fue desechado por la mayoría de ministros. Tuve oportunidad de escuchar los alegatos de los ministros sobre la constitucionalidad e inconstitucionalidad; incluso en un par de votaciones ganaron 8 ministros. Sin embargo, el trámite jurisdiccional en la Corte quedó inconcluso, se ignora bien a bien el alcance de la inconstitucionalidad o constitucionalidad al no estar publicados los resolutivos, trámite definitivo para dar certeza jurídica a lo resuelto por los ministros.

La ejecutoria no obliga a jueces ni tribunales colegiados, tomando en cuenta que no generó jurisprudencia. Loretta jamás litigó, se doblega ante AMLO.

Importante recordar lo resuelto en sentencia definitiva por el juez de distrito Juan Pablo Gómez Fierro, quien concedió amparo a 6 empresas que generan y venden energía eléctrica a la CFE. Por cierto, el presidente López ordenó se investigara al juez por conceder los amparos, acto gansteril que viola la independencia de las autoridades juridiciales. Incluso un tribunal colegiado suspendió el proceso judicial dado que la SCJN atrajo el estudio del asunto.

La sentencia del juez sigue vigente en favor de 6 empresas. Además, el amparo fue otorgado con efectos generales. Significa que protege a quienes no accionaron el juicio de amparo. Los ministros generan inseguridad, menospreciando la certeza que debe dar en todas las resoluciones que dicten. Y el tribunal colegiado entrampado ¿Cuáles son los alcances constitucionales de lo resuelto por la SCJN? Los abraza la incertidumbre.

Analista legislativo. @HectorParraRgz

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