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Las asociaciones religiosas ahora tendrán que rendir cuentas a la nube, pero no la de Dios, sino la del Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues tendrán que adecuarse a las nuevas disposiciones electrónicas.
A partir del 1 de septiembre de este año, este grupo de contribuyentes deberán llevar de manera electrónica un registro analítico de sus operaciones de ingresos y egresos a través de la página del SAT, informó el administrador Central de Normatividad de Impuestos Internos del organismo, Juan Antonio López Vega.
En entrevista, el funcionario explicó que esta obligación entra a partir de un nuevo oficio emitido por el fisco, el cual prácticamente año con año se revisa para adecuar las disposiciones a este régimen de asociaciones religiosas.
Es por ello, que estas personas morales deberán acompañar la documentación para identificar cada operación, indicando fecha, monto y concepto, e ingresar cada mes la información contable.
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las asociaciones religiosas son personas morales con fines no lucrativos, esto significa, que no están obligadas al pago de ese gravamen por los ingresos que obtienen, siempre que esos recursos no sean repartidos entre sus integrantes.