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Aun cuando la nueva facultad asumida por el Servicio de Administración Tri butaria (SAT) de exhibir públicamente a los contribuyentes incumplidos generó molestias e inconformidades entre muchas personas, ésta nueva disposición no tiene marcha atrás y la lista negra de morosos crecerá poco a poco, advirtió el titular de la dependencia, Aristóteles Núñez.
Desde el 1 de enero, el órgano fiscalizador del país expuso en su portal de internet a todas aquellas personas físicas y morales que son consideradas como riesgosas para celebrar actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones fiscales ante la autoridad.
En entrevista con EL UNIVERSAL, el jefe del SAT dijo que en esa primera emisión se exhibieron aproximadamente a 89 mil contribuyentes; sin embargo, la lista negra será más grande, pues aún hay muchas personas y empresas que faltan por agregar.
“El número de 89 mil contribuyentes es relevante, nosotros quisiéramos que no fuera ninguno, pero son más los que vamos a publicar poco a poco de acuerdo a lo que la tecnología nos permita”, afirmó el responsable de la dependencia fiscalizadora.
Aunque la medida ha generado el descontento de muchos, e incluso en opinión de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) viola los derechos fundamentales de los contribuyentes, Aristóteles Núñez dijo que la nueva disposición busca reconocer a las personas que sí pagan sus impuestos.
“Somos respetuosos de las opiniones que expresan los ciudadanos con respecto al ejercicio de las facultades de la autoridad, pero somos recíprocos con quienes sí pagan impuestos, con quienes sí cumplen sus obligaciones fiscales”, agregó.
En las oficinas del SAT, el titular de la dependencia adelantó que para aquellas personas que cumplan en tiempo y forma con su declaración anual y que tengan saldos a favor tendrán una devolución de impuestos en un tiempo récord de cinco días hábiles.
Para los incumplidos, no hay más: el riesgo de formar parte de la lista negra que ahora exhiben en su portal y el ejercicio de las facultades en su contra.
¿Cuál es el objetivo de exhibir a los contribuyentes morosos?
En reciprocidad a los contribuyentes que sí efectúan el pago de sus impuestos. Son 26 millones de asalariados que mensualmente pagan sus obligaciones fiscales a través de las retenciones que hace el patrón, de muchas empresas en México que pagan sus impuestos en declaraciones provisionales de ISR, de IVA, de muchas personas que están en honorarios y que también son sujetos de retención cuando le prestan el servicio a una persona moral, de muchas personas con actividad empresarial que también cumplen. Era necesario reconocer a aquellos que no cumplían a través de una revelación que el propio Congreso ofrece como facultad y obligación para el SAT. También es en reciprocidad para que aquellos que sí cumplen conozcan a quienes le representan un riesgo o una contingencia fiscal en alguna operación o trato comercial, y en ese sentido se hace imperativo publicar a quien hoy tiene adeudos fiscales firmes.
¿A esta lista de incumplidos van a exhibir a otros contribuyentes riesgosos antes del 10 de enero?
Así es, hay muchos otros que en breve serán publicados por la autoridad en razón de que son personas físicas o morales que emiten facturas de operaciones simuladas, falsas, inexistentes y que las venden a terceros de buena fe que las aprovechan para hacer deducibles el pago del ISR y acreditables para los pagos del IVA, dejando de pagar los impuestos de manera correcta. También es imperativo publicarlos para que los terceros de buena fe sepan los riesgos que conlleva tener operaciones con estas empresas y se eviten ser sujetos de una contingencia o crédito fiscal.
¿Cuántas personas físicas y morales aparecieron en esta primera lista de morosos?
Son 87 mil contribuyentes que son los no localizados y aproximadamente 2 mil 800 con créditos firmes y exigibles. Hay 64 con sentencia condenatoria, y eso nos da cerca de 89 mil contribuyentes en esta primera emisión de la lista.
¿Es preocupante para el SAT que haya 89 mil contribuyentes incumplidos?
El número de 89 mil es relevante, nosotros quisiéramos que no fuera ninguno y son más los que vamos a publicar poco a poco de acuerdo con lo que la tecnología nos permita. Son cargas de información muy altas en razón de que hay contribuyentes no localizados o con créditos firmes. Se pusieron los más relevantes, los que tienen la condición más crítica. No perdamos de vista que tenemos 38 millones de contribuyentes de los cuales, 25 millones son causantes que tienen el registro de una obligación de salarios, es decir, estamos hablando de 14 millones de contribuyentes que están obligados a declarar, a expedir comprobantes fiscales y pagar impuestos de los cuales ahorita hay un dato de menos de 100 mil que están en condición de incumplidos.
Hay muchos contribuyentes que con esta medida ven a un SAT persecutor, un SAT más agresivo, hay mucha preocupación por estas nuevas facultades. ¿Qué opina?
Tenemos otro ángulo. Somos respetuosos de las opiniones que expresan los ciudadanos con respecto al ejercicio de las facultades de la autoridad. Cumplimos con un mandato de ley y somos recíprocos con quienes sí pagan impuestos que son poco más de 25 millones de contribuyentes asalariados, que son cautivos y que uno de sus reclamos por años es que siempre pagan los mismos.
La Prodecon afirma que con la emisión de esta lista se violan los derechos fundamentales de los contribuyentes. ¿Qué responden?
Somos respetuosos de la Prodecon. Hemos tenido una extraordinaria relación con ellos y confiamos que así será en este 2014. El año pasado tuvimos diferencias y coincidencias con la Prodecon, y eso nos ayudó a converger en temas y ésta seguramente será una oportunidad más donde podamos escuchar sus preocupaciones. Somos respetuosos de su opinión como lo somos con las demás instancias. Si los contribuyentes encuentran que hay una afectación en sus derechos pueden hacerlos valer, nosotros incluso los motivamos. El SAT observa la disposición sin distinción, fue aprobada por los legisladores, entró en vigor el 1 de enero y nosotros la ejercemos.
De acuerdo, son respetuosos de esa opinión, ¿pero viola o no viola los derechos fundamentales de los contribuyentes como dice la Prodecon?
No. El término del adjetivo si viola o no viola le corresponde emitirlo a un juez y no al SAT ni a otra instancia.
¿Insisto, no es persecutoria esta medida como la están manifestando muchos contribuyentes?
Es preventiva para que muchos contribuyentes eviten un riesgo de cometer un acto o un trato comercial o una operación con causantes que no pagan sus impuestos y que pueda afectarles como una contingencia fiscal.
¿Cuáles son las prioridades, objetivos metas del SAT en 2014?
Esperamos una meta de recaudación de 1.8 billones de pesos. No perdamos de vista que esa es la forma en la que se mide el trabajo del SAT, así está consignado en la Ley de Ingresos de la Federación 2014. Para es que tenemos el imperativo de materializar todas las hipótesis de las leyes que fueron reformadas de una manera sencilla, simple, con menos trámites engorrosos o burocráticos para facilitar el pago, y con mayor transparencia y apertura en beneficio de los contribuyentes que mensualmente cumplen con pagan sus impuestos.
¿Con estas nuevas medidas tributarias y disposiciones fiscales tienen en su escenario una posible ola de amparos de contribuyentes que se sientan afectados?
Sí, hay una expectativa de que algunos contribuyentes podrían sentirse afectados en sus garantías y pudieran acudir a los tribunales o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Corresponde también a otra área para atender esta materia que es la Procuraduría Fiscal de la Federación, y seguramente ésta ya tiene las estrategias para atenderlos. Nosotros celebramos que haya las instancias y que los contribuyentes acudan a ellas para que cuando sientan que son afectados en derechos y garantías, acudan a esas instancias y les resuelvan. Los legisladores en el ejercicio de sus potestades tributarias observaron los principios constitucionales en muchas de las reformas que están aprobadas y que están en las leyes para 2014, creemos que no van a prosperar, pero vamos a dejar que la instancia lo resuelva y en su caso acataremos las resoluciones que tengan.
Hay una gran preocupación de los contribuyentes sobre el tema de discrepancia fiscal y lo relacionado con el uso de tarjetas de crédito. Hay temor de que al prestar su plástico de buena fe a terceros, el SAT halle inconsistencias en ingresos y gastos del dueño de la tarjeta y procedan acciones contra ellos.
En el caso de la discrepancia fiscal han habido más mitos que realidades. El procedimiento de la discrepancia fiscal ya existe y es de muchos años. Este procedimiento permite a la autoridad verificar con diferentes fuentes externas e internas de información, y así conocer y presumir los ingresos que tiene un ciudadano o contribuyente.
Si en los ingresos que tiene un ciudadano, comparados con lo que declara hay una discrepancia, entonces comienza un procedimiento en el cual un habitante tiene que aclarar porqué lo que está gastando o lo que ingresa a través de diferentes fuentes no coincide con sus ingresos declarados. Si el aclara que sus ingresos provienen de una fuente que no es acumulable o que no causa impuesto se acabó el procedimiento.
Una de las nuevas fuentes de información son las tarjetas de crédito. En particular el temor que podrían tener algunas personas que podrían estar gastando más que lo que ingresan no necesariamente generará una discrepancia, pero sí así sucede, el contribuyente nos debe aclarar y en caso de que las cosas estén en su lugar no habrá mayor procedimiento en su contra.
Otra facultad que ejercerán en este año es la de fiscalizar a mexicanos con cuentas en el exterior, ¿cómo van en este tema?
Las medidas son para aquellos mexicanos que residente en el extranjero, tienen cuentas fuera del país y reciben ingresos y depósitos en esas cuentas o en distintos fondos de inversión. Ese acuerdo permite intercambiar información de todos los mexicanos que tienen cuentas en Estados Unidos u otros países donde se ha suscrito un acuerdo semejante para conocer sus ingresos y en reciprocidad México va proporcionar información a esos mismos países respecto de los depósitos en cuenta que tengan sus nacionales en nuestro territorio. Es un intercambio de información que va permitir tener datos de los ingresos que tienen los mexicanos en el extranjero y si éstos provienen de una fuente lícita y pagan sus impuestos no tienen nada que preocuparse. Es una herramienta a la que se ha suscrito México.
¿En acciones para llevar a cabo la Ley Antilavado, qué vamos a ver del SAT este año?
Es competencia del SAT coadyuvar con las instancias que en su competencia están dedicadas a combatir el “lavado” de dinero como la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El artículo 108 del Código Fiscal de la Federación nos da la facultad de perseguir actos que se presumen como lavado de dinero o defraudación fiscal.
¿Se les dotará de nuevas facultades a las unidades administrativas del SAT para el cumplimiento de esta Ley Antilavado?
Ya está en la ley. Nos ofrecieron facultades de coadyuvancia para efectos y sanciones, para efectos de aplicación de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y esas ya las estamos asumiendo con la estructura que tiene el propio SAT.
¿Qué mensaje le manda el jefe del SAT a los contribuyentes mexicanos que están al pendiente de esta dependencia, a aquellos que incluso se preocupan por las acciones que ejercen?
Hay muchos contribuyentes que cumplen con el pago de sus impuestos en México. Por instrucciones del secretario de Hacienda, Luis Videgaray, haremos un primer ejercicio muy importante en abril, en el que todos aquellos asalariados que presenten su declaración y que hayan tenido un gasto deducible (colegiaturas pagadas a escuelas de enseñanza privada, aportaciones adicionales al Sistema de Ahorro para el Retiro, planes para el retiro, gastos para la contratación de una póliza, gastos médicos mayores, de honorarios dentales, de transporte público escolar y donativos, principalmente) seguramente tendrán un saldo a favor. Los asalariados que presenten su declaración a más tardar en abril y tengan un saldo a favor el SAT se compromete a devolvérselo en no más de cinco días hábiles. Lo que queremos decir es que para los cumplidos todas las facilidades.
¿Y para los incumplidos?
El ejercicio pleno de las facultades que por mandato están en el Código Fiscal de la Federación y que van desde requerimientos, cartas invitación, exhortos y hasta embargos.