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Aumentan reportes por lavado de dinero: SHCP

En lo que va del sexenio, los movimientos financieros sospechosos de clientes y las denuncias interpuestas casi se duplicaron.

Foto: Archivo El Universal
06/11/2017 |04:50
Redacción Querétaro
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Cada vez aumentan más las denuncias y operaciones en el sistema financiero relacionadas con recursos de procedencia ilícita.

En lo que va del sexenio, los movimientos financieros sospechosos de clientes y las denuncias interpuestas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ante la Procuraduría General de la República (PGR) casi se duplicaron.

Las estadísticas de la UIF indican que en la pasada administración las instituciones financieras, sobre todo los bancos, generaron 281 mil 932 reportes de operaciones inusuales. En lo que va del actual sexenio recibió 398 mil 103.

Dichos informes sirven para que la autoridad judicial investigue delitos presuntamente relacionados con el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Entre 2006 y 2012, la UIF presentó 285 denuncias; en lo que va de la presente administración se han interpuesto 514 denuncias.

Según los datos más recientes de la UIF, de enero a junio de 2017, las instituciones financieras enviaron 85 mil 739 reportes inusuales, cantidad mayor si se compara con los 72 mil 152 que se entregaron en igual periodo de 2016.

Esto permitió a la unidad antilavado de la SHCP interponer ante la PGR 61 denuncias, frente a las 37 que se presentaron en el primer semestre del año pasado.

Las operaciones inusuales son aquellas actividades, conductas o comportamientos que no concuerden con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes de las instituciones financieras.

Los bancos y demás entidades financieras privadas están obligadas a elaborar un informe y entregarlo a la UIF cuando detectan que los movimientos de sus clientes no concuerdan con su patrón habitual de comportamiento transaccional, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate, sin que exista una justificación razonable para dicho comportamiento, o bien, aquellas que, por cualquier otra causa, esas instituciones o sujetos consideren que los recursos pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos que marque el Código penal Federal relacionados con lavado de dinero o relativos al financiamiento al terrorismo.

En las operaciones preocupantes en las que estuvieron relacionadas directivos o empleados de las instituciones financieras se registraron 829 entre 2006 y 2012, y en lo que va de esa administración se contabilizan 782.

En esta categoría comprende, en general, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones que, por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas en esa misma materia, o aquella que, por cualquier otra causa, resulte dubitativa para dichas instituciones y sujetos obligados.

Para generar estos informes, las instituciones financieras están obligadas a contar con un oficial de cumplimiento antilavado que es el encargado de velar que el banco, casa de bolsa o cualquier otra institución financiera, actúe en todo momento conforme a la leyes para prevenir e identificar operaciones que tengan que ver con blanqueo de activos o que financien actos terroristas.

Cuando detectan que algún directivo o empleado no está cumpliendo, participando en alguna operación inusual o está obstruyendo la aplicación de la ley, se tiene que hacer un reporte y entregarlo a la UIF para su investigación y determinar el probable delito.

Operaciones relevantes.

Respecto a las operaciones relevantes, la UIF recibió 2.8 millones de reportes de enero a junio de 2017, que es la información más reciente publicada.

Estas son las que se realizan con billetes y monedas de curso legal en México o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero y monedas de platino, oro y plata, por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a 10 mil dólares estadounidenses, independientemente de que puedan estar vinculados con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y del terrorismo y su financiamiento.