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AMX debe informar de comprador de activos

AMX debe informar de comprador de activos
14/08/2014 |00:27
Redacción Querétaro
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El plan de venta de activos de América Móvil debe contener el nombre del comprador, explicó Gabriel Contreras, presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

“La única forma que el instituto puede verificar que la persona que va a recibir los activos sea independiente (de América Móvil) es sabiendo quién es”, dijo Contreras en conferencia.

Con la entrada en vigor de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión este miércoles, América Móvil podrá entregar su plan al regulador a partir de hoy.

“Pueden venir desde ya a presentar un plan real, concreto, no imaginario, para que el instituto esté en posibilidad de determinar si efectivamente ese plan va a tener el efecto de disminuir ese porcentaje y si va a tener el efecto de ser favorable al proceso de competencia”, comentó el presidente del IFT.

El mes pasado, América Móvil informó que comenzará un proceso de desincorporación y venta de activos a fin de disminuir su porcentaje de participación de mercado y así dejar de ser agente económico preponderante y poder participar en el mercado de televisión de paga.

Contreras precisó que, tras la presentación del plan por parte de América Móvil o cualquier empresa interesada en llevar a cabo una desincorporación de activos, el instituto puede requerir información hasta por dos ocasiones con plazos de 20 días cada una.

A partir de la aprobación del plan por parte del regulador, América Móvil tiene hasta un año para aplicarlo, pero la desincorporación puede darse en un tiempo menor, explicó el presidente del IFT.

Respecto a la participación de América Móvil en la licitación de dos cadenas de televisión abierta, Contreras mencionó que Telmex no podrá participar, ya que su título de concesión le impide ingresar al mercado de radiodifusión.

En el caso de Telcel, la empresa debe contar con la autorización expresa del regulador al tratarse de un agente económico preponderante, precisó.

“Por ejemplo, Telmex no puede participar directa o indirectamente en la prestación de servicios de televisión, pero eso lo trae Telmex desde el título de concesión, sea o no sea preponderante”, indicó.

Por ello, como parte del proceso de la licitación de dos cadenas de televisión lo que el IFT debe revisar es que la participación de cualquier persona no genere un efecto adverso a la competencia, y ya existe un plazo para la presentación de la solicitud de opinión de la Unidad de Competencia Económica del regulador, que será el 2 y 3 de septiembre próximos.