“¡Tenemos Reforma Energética!”. Es quizás la expresión más común que se puede escuchar, no en las calles, pero si en los pasillos legislativos, gubernamentales y de algunos recintos de personas más enteradas. Esta expresión se acompaña de otras más radicales y que dependen del cristal (o el interés) con que se pretende ver: ¡Ya ganó México! ¡Ya perdió México! Lo cierto es que apenas se están dando los primeros pasos en la ruta que se debe seguir para la concreción de la Reforma y, lo más importante, para alcanzar los objetivos (más bien promesas) planteados en las iniciativas ganadoras. El camino es, sin duda, además de largo, sinuoso y no estará ausente de piedras y obstáculos: no echemos las campanas al viento todavía.

El Congreso federal y la mayoría de los Congresos estatales han avalado los cambios a los Artículos 25, 27 y 28 constitucionales. El siguiente paso es la promulgación del Decreto correspondiente. Siendo reforma constitucional, no hay cabida a controversias o acciones ante la Suprema Corte, por lo que este obstáculo queda descartado.

Las adecuaciones a la Carta Magna implican crear las posibilidades para que empresas privadas puedan realizar, a nombre del Estado, determinadas actividades en el sector energético. Así, con las modificaciones al 25 se retira el carácter de estratégico a los hidrocarburos y se redefine a Pemex y CFE como empresas productivas, quienes tendrán el privilegio de ser las primeras a las que se le asignen contratos. Con las del 27 se reitera la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos, lo que evita cualquier ambigüedad, y la rectoría del Estado sobre el sector eléctrico y se permiten los contratos y las asignaciones a particulares. Con las del 28 se elimina el monopolio del Estado y de Pemex sobre la exploración y explotación de petróleo y gas y se crea el Fondo Petrolero.

El siguiente paso es establecer las reglas de operación de la nueva estrategia. El Decreto aprobado por el Congreso está acompañado de 21 artículos transitorios que establecen, entre otros, los plazos para la elaboración de las leyes secundarias y para que Pemex y CFE se transformen en empresas productivas propiedad del Estado. El plazo son 120 días a partir de la publicación del Decreto. La duda, si tendrá el Congreso la capacidad para procesar en tiempo y forma los cambios al marco legal competente y la creación de las entidades mediante las cuales el Estado regulará el sistema energético. La evidencia, y la historia nos dice que no.

El Congreso está empantanado con muchos otros asuntos pendientes, amén de que, como ya han dejado claro, los plazos constitucionales no son asunto que les quite el sueño, la reforma de telecomunicaciones es claro ejemplo. En este contexto, el camino de las reformas secundarias estará lleno de obstáculos internos y, por supuesto, de presiones ajenas tanto de los grupos opositores como también del previsible fuerte cabildeo por parte de las empresas interesadas, buscando las mejores condiciones. Estos son los 120 días que tiene el Legislativo.

Por su parte, el Ejecutivo tiene 365 días a partir de la publicación de la reforma constitucional para emitir sendos decretos para crear los Centros Nacionales de Control de Gas Natural y de Control de Energía así como para adicionar al Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, una estrategia de transición para promover el uso de tecnologías y combustibles más limpios.

Previamente, Pemex deberá someter en 90 días, a partir de la reforma, a consideración de la Secretaría de Energía, la adjudicación de las áreas en exploración y los campos en producción, para que en seguimiento la dependencia emita dentro de un plazo de 270 días la resolución de la solicitud, estableciendo la superficie, profundidad y vigencia de las asignaciones. Posteriormente, le tocará el turno a Pemex y CFE para que en 730 días, se transformen en empresas productivas del Estado y accedan a las asignaciones que le deberá dar la Secretaria de Energía.

Cabe aclarar que las Leyes, Reglamentos y demás normatividad que se adecuen o se creen para permitir la asignación e instrumentación de los contratos en cualquiera de las modalidades que se plantean, así como la creación de las instituciones reguladoras y demás entes públicos previstos en el Decreto, sólo describirán el menú de opciones para los inversionistas, más no garantizan de forma alguna que se concreten los mismos. La decisión de invertir, de entrarle al negocio, depende más bien de las condiciones de rentabilidad.

La expectativa es que para 2016 a más tardar, esté todo listo para que se firmen los primeros contratos y empiecen a llegar las inversiones.

Finalmente, hablando de los beneficios esperados de la Reforma, ya se presenta la mejora en la calificación crediticia como una señal positiva. El siguiente efecto se daría en los programas sociales, hacia los que se propone destinar parte de los recursos y, siendo realistas, todavía ubicamos aún un tanto lejos los beneficios en los bolsillos de los mexicanos, que se manifestarían en menores tarifas eléctricas o en el precio de la gasolina.

* Presidente de Consultores Internacionales, S.C.

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