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Primero registra tus ideas y luego ocúpate

Primero registra tus ideas y luego ocúpate
20/04/2015 |23:12
Redacción Querétaro
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Hoy el valor de las empresas ya no sólo se mide a través de la maquinaria, equipo o propiedades que posea, sino de todo aquello que no se puede tocar, los llamados “intangibles”, los cuales constituyen una de las mayores riquezas de una organización.

Tu compañía no sólo vale por las propiedades físicas, sino que vale más por todo aquello que hayas creado alrededor de ella: ya sea patentes, marcas, esloganes, modelos de utilidad o procesos al interior que hayas desarrollado y que hoy hacen que tu empresa sea única y cada vez más valiosa.

Los “intangibles” hoy son quizá más importantes que todo aquello que se puede tocar, y se han constituido como una fuente de generación de enriquecimiento para las firmas.

Incluso, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha impulsado un programa alrededor de éstos que busca medir su capacidad de generar riqueza.

La institución sostiene que la evidencia de numerosos países demuestra que se invierte mucho más en activos de este tipo que en tangibles. Dentro de éstos no sólo entran todos los mencionados anteriormente –y que tienen que ver con propiedad intelectual– sino que se consideran intangibles el software, bases de datos y el capital humano de una organización.

Ahora bien, si tuvieras un auto que representara todo tu patrimonio, ¿te arriesgarías a tenerlo sin seguro? Es lo mismo para tu empresa; si tienes todo tu esfuerzo (y dinero) invertido ahí, más vale que registres tu marca, eslogan, nombre comercial, invento, diseño, mejora a algún proceso, y todo lo relacionado con los intangibles que la conforman porque, de no hacerlo, incluso tu negocio podría irse abajo.

“El registro es lo más importante, se puede venir abajo un proyecto si no se hace. Se puede convertir en pérdida de dinero y de tiempo”, señala Carlos Guillén, socio fundador del despacho AGG Abogados.

¿Por qué hacerlo? Seguramente no deseas que nadie copie ni haga mal uso de tu marca ni tus distintivos, o que incluso puedan acusarte de invasión de derechos porque tú estés usando el nombre de alguien más.

La primera recomendación es que lo hagas con tiempo. Si apenas estás desarrollando tu plan de negocios, es importante que te decidas de una vez por una marca, debido a que el proceso necesario –el cual se realiza ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI)– toma tiempo y existe la posibilidad de que tu propuesta sea rechazada.

Esto porque a alguien más ya se le ocurrió ese nombre o porque no cumple con los requerimientos necesarios que marca la ley.

Para evitar que tu diseño no cumpla con las características que pide la ley, es recomendable la realización de estudios de viabilidad. Para ello puede ayudarte algún consultor o despacho especializado en propiedad intelectual.

¿Qué es?

“La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio”, explica la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

De ésta emana una rama del derecho que se dedica a proteger estas creaciones a través del registro ante el IMPI.

Usualmente, los derechos de autor protegen obras artísticas mientras que la propiedad industrial se dedica a todo lo relacionado con los “signos distintivos” de una empresa.

Dentro de éstos se encuentran la marca, el aviso comercial (que no es otra cosa que el eslogan) y el nombre comercial, que es aquel que identifica a una empresa o establecimiento.

“¿Cómo protejo mi idea o concepto?”, ésta es una pregunta muy frecuente entre los emprendedores, sin embargo, en México no es posible proteger legalmente ninguna idea ni concepto, explica el especialista.

“No se puede proteger ni ideas ni conceptos en sí mismos; lo que se tiene que hacer es proteger la mayoría de elementos de tu idea, la marca, el slogan, fachada. Con todo esto tú vas protegiendo el concepto”, explica Carlos.

No puedes llegar al IMPI a proponer registrar una cafetería con tales y cuales características. En realidad, lo que la ley te permite hacer es proteger los elementos de este establecimiento ya que esté montado.

Incluso, puedes registrar ciertas distribuciones de espacio o composiciones que adornen tu lugar. Registrar te dará derecho a usar de manera exclusiva el elemento.

Todo lo que protege la Ley de Propiedad Industrial el IMPI lo resume así: “un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto, un proceso de fabricación novedoso, una marca o aviso comercial, una denominación que identifique un establecimiento o una declaración sobre el origen geográfico que distingue o hace especial a un producto”.

Hazlo doble

Si bien todo lo relacionado con signos distintivos se protege inicialmente a través de la propiedad industrial, también es posible que utilices la otra rama del derecho de la propiedad intelectual, la de la propiedad autoral o derechos de autor, para hacerlo de manera doble.

Es decir, registras tu marca no sólo como eso, sino como creación artística. ¿Para qué hacerlo? Porque siempre es mejor protegerse lo mejor posible.

Supongamos que tú encargas la elaboración de un logo. Tú, por haberlo encargado, vas a adquirir la titularidad de los derechos de la obra. El autor siempre será el diseñador del logo, pero tú adquieres los derechos patrimoniales de la obra. Así funciona cuando registras los elementos de tu empresa. “Puedes registrarlo como logo y como obra de arte, y ya adquieres dos derechos exclusivos”, explica Carlos.

La diferencia entre los derechos de autor y los de la propiedad industrial es que los primeros no prescriben en el tiempo ni tampoco es necesario que los estés constantemente utilizando. Puedes cerrar la empresa, irte del país, regresar después de 20 años y si alguien está utilizando tu logo, por ejemplo, demandarlo por ello, ya que los derechos patrimoniales duran la vida del autor más 100 años posteriores.

Registrarlo bajo el principio de la ‘doble protección’ permite tener una “baraja de oportunidades para defenderse” en el supuesto de presentarse un mal escenario.

“Si la persona sólo tuviera el registro de la marca va a demandar con base en su marca, pero supongamos que no la haya utilizado bien y que la otra persona la contrademande y gane, entonces puede quitársela.

“Sin embargo, si la persona lo registró por derecho de autor, también puede defenderse por esta vía”, explica el especialista.

El consejo para los emprendedores es que protejan la mayor cantidad de elementos de su idea, tanto por el derecho de autor como a través de la propiedad industrial.

Hay más

Pero los signos distintivos no son los únicos que debes estar atento para registrar. Si has inventado un producto o servicio innovador, si has mejorado uno o si para tu giro es necesario realizar diseños que se aplican prácticamente también debes registrarlos.

Los inventos pueden protegerse a través de una patente; la mejora a un producto a través de una figura llamada modelo de utilidad; los diseños que contengan aspectos novedosos, peculiares y propios con fines industriales, así como los modelos que sirvan de patrón para la fabricación de un producto industrial, pueden protegerse a través de los diseños industriales.

El IMPI ofrece manuales que te permitirán conocer los pasos que tienes que seguir para registrar cada caso –ya sea por alguna creación o algún signo distintivo– y para saber qué es lo que la ley permite registrar y qué es lo que no se puede hacer.