El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) otorgó ayer a Telecomunicaciones de México (Telecomm) el título de concesión de uso comercial de la Red Troncal que utilizará los hilos de fibra óptica que tenía la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y que contará con una vigencia de 30 años.

En un comunicado, el regulador recordó que en septiembre de 2015 cedió los derechos del título de concesión que tenía la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en favor de Telecomm, y se dio un plazo de 90 días naturales para formalizar dichas cesiones.

“Con la formalización de las cesiones de derechos señaladas y el consecuente otorgamiento del título de concesión respectivo en favor de Telecomm, se da cabal cumplimiento al mandato constitucional y se sientan las bases para la efectiva operación y explotación de una eficiente red troncal de fibra óptica”, precisó el instituto.

El pasado 18 de enero Telecomm presentó al IFT los contratos de cesión de derechos con CFE y los de prestación de servicios celebrados hasta esa fecha entre la CFE y las personas físicas y morales, privadas y públicas.

Asimismo, ya con el contrato de cesión de derechos inscrito en el Registro Público de Concesiones, el IFT otorgó la concesión en favor de Telecomm.

El título de concesión de la Red Troncal indica que Telecomunicaciones de México, organismo público descentralizado de la SCT, deberá cumplir con compromisos de inversión y calidad para prestar de manera continua y eficiente los servicios de telecomunicaciones bajo los parámetros que fijan las disposiciones legales vigentes.

“Deberá planear, diseñar y ejecutar programas para la construcción y crecimiento de la red compartida mayorista, los cuales tendrán una duración de tres años y serán autorizados por el instituto”, detalló el regulador.

También se indica que Telecomm no podrá dar servicios de telecomunicaciones a los usuarios finales de manera directa o a través de filiales, subsidiarias o autorizadas, “excepto cuando no hubiera concesionarios o autorizados que presten el servicio a usuarios finales en una zona geográfica determinada, como lo establece el artículo 140 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.

Tampoco podrá fijar tarifas ni condiciones que configuren discriminación para ningún solicitante.

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