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La laxacidad en las leyes en materia electoral y la falta de una normatividad clara evitan que funcionarios públicos puedan ser sancionados por promover su imagen, algo que pudiera tipificarse como un acto anticipado de campaña, aunque por no estar en tiempos electorales, técnicamente no habría violación a la ley, de acuerdo con IEEQ.
Esta postura es compartida por Calixto de Santiago Silva, abogado y ex presidente del Colegio de Abogados Litigantes de Querétaro, quien señala que, en el caso de la diputada Elsa Méndez y los espectaculares que colocó en la ciudad de Querétaro, no ve un delito electoral, pues la legisladora debe de buscar los canales de comunicación con sus electores.
“No creo que pueda haber sanción, porque está haciendo en todo momento una consideración de comunicación de su trabajo legislativo.
“No le veo en este momento ninguna consideración de una posible sanción por actos anticipados de campaña, porque ni siquiera nos encontramos en un proceso electoral en estos momentos, aún cuando los actos anticipados de campaña pueden ser en cualquier momento, previo a una elección.
“No podemos señalar que ya pueda existir esa consideración, porque no hemos visto que la diputada Elsa Méndez quiera o puede contender por un cargo de elección popular”, explica.
Agrega que con los espectaculares que instaló la diputada panista no se percibe un desacato a la ley electoral del estado de Querétaro, al tiempo que subraya que la vinculación que deben de tener los diputados y el conocimiento del trabajo legislativo que deben de tener los ciudadanos, obligan a que se tengan vías alternas de comunicación, como las redes sociales.
Presentan denuncias
Las denuncias más recientes, realizadas por la activista Maricruz Ocampo Guerrero y Jorge Cruz Altamirano, ambas el 22 de mayo pasado, fueron en contra de la diputada Méndez, por presuntos actos adelantados de campaña.
El director de Asuntos Jurídicos del IEEQ, Juan Rivera Hernández, dice que en este caso el proceso inicia como un proceso sancionador, pero se siguen los procedimientos de investigación.
Si ambas denuncias cumplen con las cargas procesales que establece la ley electoral, se puede admitir la denuncia y se iniciaría un proceso sancionador. En caso de no cumplir con esas cargas procesales, la denuncia se puede tener como no presentada y no se realizaría ningún procedimiento.
El funcionario electoral precisó que antes de que la parte acusada, en este caso Elsa Méndez, quienes interpusieron la denuncia deberán probar el ilícito.
En tanto, la abogada y ex consejera electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), Lidia Aurora López, comenta que lo que se sanciona “son los actos proselitistas, que sean actos tendientes a la obtención de un voto, que pueden ser dirigidos a militantes, o pueden ser dirigidos a posibles votantes, a posibles electores, pero tienen como condicionante que se pida el apoyo en una elección.
En este [caso] se podría estar ante un posicionamiento de la imagen, o un mensaje dirigido a la población, porque finalmente es una ciudadana, y como ciudadana está presentando una felicitación pública a través de un espectacular, pero no tiene como objetivo la obtención del voto de un elector o un militante en una elección interna de un partido, no estaríamos ante un acto anticipado de campaña o de un caso de precampaña”, señaló.
Añade que la imagen del funcionario público puede aparecer, siempre y cuando no pida el voto de militantes o ciudadanos de su distrito al que pertenece, además de que el mensaje llega a muchas personas, incluso a menores de edad, que no pueden votar.
La especialista consideró que no hay irregularidad alguna en este actuar de la diputada Méndez.
Otros casos
Durante pasados procesos electorales, en los casos en los que los protagonistas violaron la ley electoral las sanciones fueron realmente pequeñas.
Apenas en la elección de 2018, las sanciones en contra de quienes transgredieron la ley electoral fueron mínimas.
Tal es el caso de Gabriela Moreno Mayorga, Manuel Velázquez Pegueros, Eric Salas González, entre otros, que por actos anticipados de campaña, sólo recibieron amonestaciones públicas.
Sin embargo, a otros candidatos, como la priista Leticia Mercado, fue multada con mil UMA (Unidad de Medida y Actualización).
Buena parte de la sanciones impuestas por la autoridad electoral consisten en amonestaciones públicas, que poco o nada afectan a los implicados. Un anuncio, un evento, regalos a la gente, una declaración diciendo que le gustaría ser alcalde o gobernador, no tienen precio.
La activista Maricruz Ocampo, quien interpuso una de las denuncias contra Elsa Méndez, comenta que “estoy harta de manacitos, estoy harta de que los que pagan siempre son las personas que están en los mostradores, que son los que atienden al público, porque a esos sí no se tocan el corazón para sancionarlos.
“Pero todo lo que son diputados, gobernadores, secretarios y directores, nunca les pasa nada. Cómo vamos a confiar en nuestra autoridad electoral si lo primero que dice es que se necesita la denuncia”, agrega.