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En 2012 se presentaron 77 accidentes de tránsito en los que se vieron involucrados igual número de ciclistas, de los cuales 40 resultaron lesionados y dos más fallecidos, informó el subdirector de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de Querétaro, Juan Carlos Cruz Pérez.
Explicó que en lo que va de este año se han registrado 22 incidentes de tránsito relacionados con ciclistas, lo que dejó un saldo de cinco lesionados y un deceso; mientras que en el mismo periodo de 2012 se contabilizaron 26 accidentes de este tipo donde 14 personas resultaron lesionadas y dos perdieron la vida.
Comentó que en el Reglamento de Tránsito se protege al ciclista e incluso al motociclistas, a quienes se les debe respetar el carril de extrema derecha para su tránsito.
“El mismo Reglamento de Tránsito del estado regula, protege y sanciona por el uso de estos vehículos ligeros; tienen que irse por la extrema derecha, lo dice el reglamento, cosa que a veces no respetamos los que manejamos ni ellos, a veces por desconocimiento”, indicó.
De acuerdo con Cruz Pérez en el Artículo 7 del Reglamento de Tránsito del estado se especifica que se van a considerar vehículos ligeros a las bicicletas, las trícimotos, cuatrimotos, motocicletas, y todos aquellos que pesen menos a 3.5 toneladas.
“En el Artículo 31 de este reglamento se maneja la circulación de los vehículos ligeros, entre ellos, la bicicleta. El número uno maneja que sólo podrán viajar, además del conductor, el número de personas para las que hay un lugar asignado”, aseguró.
De acuerdo con el subdirector de la guardia municipal, en el mismo artículo se menciona que ningún conductor de vehículos ligeros podrá circular por la banqueta, andadores, plazas o lugares exclusivos para el tránsito de peatones, a excepción de las bicicletas que sean utilizadas por los cuerpos de seguridad y de emergencia, con el objetivo de brindar un servicio inmediato a la ciudadanía.
“Además deberán usar un casco, anteojos protectores y asegurarse que sus pasajeros también los utilicen”, expresó Cruz Pérez.
El funcionario municipal añadió que se ha detectado a lo largo del tiempo que las personas desconocen de dichas obligaciones. Es el caso —dijo— de conductores del transporte ligero, principalmente ciclistas.
“Muchas veces hemos observado que los ciclistas se agarran de la defensa del camión con la finalidad de no pedalear”, aseguró.
Resguardo de bicicletas
En el Artículo 32 del Reglamento de Tránsito se señala que los propietarios o directivos de escuelas, centros comerciales o fábricas deberán contar con sitios para el resguardo de bicicletas.
Cruz Pérez informó que en el artículo 36 se prohibe estacionar un vehículo en los lugares exclusivos para bicicletas, mientras que en el Artículo 92 se habla de que será motivo de infracción toda aquella persona que lleve una bicicleta o motocicleta en un vehículo y lo transporte de un lugar a otro sin tener los dispositivos de seguridad necesarios.
Manifestó que este reglamento es vigente desde hace cinco años y que “debe evolucionar”, pero también debe darse a conocer a quienes usan dicho medio de transporte (bicicletas) y a los motociclistas.
“Se requieren reformas, pero además de una legal, es una cuestión cultural y de consciencia de los ciudadanos”, aseguró el funcionario.