Hasta ayer, 75% de los empleados del Poder Ejecutivo habían cumplido con la manifestación de bienes, obligación de los servidores públicos, informó el contralor del estado, Juan Gorráez Enrile.

En entrevista, señaló que a presentar la manifestación de bienes están obligados todos los empleados de gobierno, de los tres poderes del estado, de jefe de departamento para arriba, o todos aquellos que por las responsabilidades o funciones que tienen manejan recursos o valores.

Además, dijo que hay una obligación para los servidores públicos que ingresan a alguna dependencia de gobierno, ya que dentro de los 60 días siguientes que entraron presentan su declaración inicial.

Del Poder Ejecutivo, de un total de seis mil 473 servidores públicos obligados a presentar su manifestación de bienes anual 2014, al 17 de octubre se han presentado cuatro mil 855. Es decir, 75% de las cuales, cuatro mil 851 han sido por internet y cuatro por formato tradicional; en tanto que 99.1% han optado por presentar su manifestación por internet.

“Esperamos llegar al mismo nivel del año pasado, en 2013, de los servidores obligados del Poder Ejecutivo sólo uno dejó de presentarla; ojalá que ahora logremos mejorarla”, indicó.

Gorráez Enrile precisó que en los municipios también hay avance, “esto habla primeramente del interés y la responsabilidad que tienen los servidores públicos por cumplir con esa obligación y el interés que hemos puesto nosotros por promover y recordar esta obligación que tiene que cumplir”. Recordó que en la Entidad Superior de Fiscalización ya concluyó con la manifestación, al igual que la Secretaría de la Contraloría, que terminó el pasado 10 de octubre.

Asimismo, el contralor del estado precisó que el año pasado en la Legislatura nadie quedó sin presentar este trámite, mientras que en los 18 municipios, sólo 59 personas no la presentaron.

Sanciones

Apuntó que la ley establece sanciones al funcionario que incumpla con la manifestación de bienes, que van de una multa desde 15 días de sueldo a seis meses de sueldo, dependiendo si la presentó con días de retraso o meses, dependiendo de la gravedad de la falta, será la sanción, dependiendo también si es reincidente o es la primera vez que incumple.

“Si es reincidente la sanción es mayor, si es la primera vez la sanción es menor, dependiendo de todas esas cosas, por no presentarla o presentarla extemporáneamente”, aseveró.

Cuando las manifestaciones no concuerdan entre años o los bienes crecieron da lugar a una auditoría patrimonial, “si existe alguna sospecha se abre un cuaderno de investigación y lo que resulte de ese cuaderno de investigación puede haber un procedimiento administrativo también de sanción que podría incluir una denuncia ante la PGJE si hay un delito de por medio y si no puede haber un procedimiento administrativo de sanción, que incluye que puede ser amonestación, suspensión en el trabajo, destitución e inhabilitación, y además un procedimiento resarcitorio para que resarza el daño causado al erario público”, explicó.

Agregó: “Nuestro papel es cuidar que los servidores públicos del Poder Ejecutivo cumplan la normatividad y apliquen los recursos humanos, materiales y financieros de que dispongan de acuerdo con la normatividad, entonces cuando eso no sucede instauramos procedimientos con las sanciones, pero en particular por una evolución indebida que podamos comprobar, que sea alguna cosa que se desprenda por las declaraciones patrimoniales”.

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