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El regidor panista del ayuntamiento capitalino Armando Rivera Castillo refirió que las obras que actualmente ha ejecutado el gobierno municipal son ilegales, ya que no ha sido aprobado el plan anual de obra por los integrantes del cabildo.
Aseguró que “no es una acción de mala fe”, sino que es una muestra de la inexperiencia de los funcionarios municipales.
“Hay ilegal ejecución de obra pública por parte del municipio de Querétaro, ya que hace falta la aprobación del plan anual de obra por parte del ayuntamiento de Querétaro. Para que el municipio esté en condiciones de hacer obra pública debe de presentar y ser aprobado el plan anual de obra pública”, dijo Rivera Castillo.
Instó a las autoridades municipales a presentar dicho esquema de obra en lo que resta del mes de abril para que sea votado en cabildo.
De lo contrario, se acudirá ante el Tribunal Municipal de Responsabilidades Administrativas (TMRA) y la Auditoría Superior de Fiscalización del municipio para que sean las autoridades quienes tomen cartas en el asunto y finquen responsabilidades contra los servidores públicos que sea necesario.
“El grupo de regidores de Acción Nacional advertimos con oportunidad en reiteradas ocasiones acerca de la ilegalidad en la ejecución de obra pública. Sin embargo, se ha hecho caso omiso a nuestra solicitud”, aseveró.
El 24 de enero del presente año se presentó una solicitud para conocer el plan anual de obra al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (Copladem); la respuesta se recibió el día 21 del mismo mes y se informaba que dicho trabajo no era el definitivo y por tanto no tenía validez, refirió Rivera Castillo.
El 21 de febrero se le mandó un oficio de solicitud al secretario de Obras del municipio capitalino, Gerardo Vega González, y al titular del Copladem, Alejandro Ríos, para que realizaran las gestiones necesarias para que a la mayor brevedad se presentara el programa de obra anual ante la Comisión de Obras Públicas, apuntó.
Sin recibir respuesta, el 5 de marzo se renovó la solicitud al Copladem para conocer dicho plan anual de obra, expresó Armando Rivera.
“Al día de hoy no se ha obtenido respuesta alguna de estos oficios, salvo un oficio que se mandó el 21 de enero en donde dice de manera textual: ‘el plan de obra pública no debe considerarse como definitivo, ya que se trata únicamente de documentos de trabajo y retroalimentación que es parte del proceso de construcción del citado programa de obra anual, por lo que se carece de validez’”, dijo Rivera.
Con la falta de la presentación del plan anual de obra se violan los artículos 30 y31 de la Ley Orgánica Municipal y los artículos 28, 29 y 49 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro.
El artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal refiere que el ayuntamiento tiene facultad para autorizar la contratación y concesión de obras públicas previamente a su contratación.
El artículo 31 de la misma ley señala que es el presidente municipal de Querétaro quien deberá formular y proponer al ayuntamiento la política de planeación, desarrollo urbano y obras públicas del municipio.
Los artículos 28, 29 y 49 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro indican que es el Copladem el órgano responsable de revisión, elaboración y presentación de la propuesta de obra pública.