El diputado Gerardo Sánchez Vázquez confirmó que este año han incrementado sustancialmente los amparos interpuestos por particulares en contra de los municipios queretanos por el cobro inconstitucional del Derecho de Alumbrado Público (DAP), lo que afecta a las finanzas de las administraciones que consideran estos ingresos en sus presupuestos.
Sánchez Vázquez aseguró que en todos los municipios se han registrado amparos contra el cobro del DAP, pero especialmente en Querétaro, El Marqués y Corregidora por asentarse en dichas demarcaciones el mayor número de empresas que cuentan con los bufetes jurídicos para iniciar juicios.
En San Juan del Río se estima que el municipio paga hasta 30 millones de pesos durante este año a manera de devolución del DAP, de acuerdo con los juicios iniciados por industrias y particulares.
El diputado local informó que a raíz de la destitución de la alcaldesa Graciela Juárez, en Pedro Escobedo, por la no devolución del derecho de alumbrado, en el resto de los municipios se han disparado los recursos legales en la materia.
A fin de que los municipios puedan tener mecanismos de defensa ante los amparos y seguir obteniendo ingresos del DAP, se deben hacer modificaciones a la ley federal para posteriormente aprobar leyes locales que permitan un cobro constitucional de dicho derecho.
“Se requiere modificar la ley porque en su origen se torna inconstitucional y por ello es que las empresas se han estado amparando más recurrentemente en contra del cobro del Derecho de Alumbrado Público con fallos a su favor”, dijo.
Agregó que a nivel federal debe existir una propuesta de modificación a la Ley de Hacienda y que ésta sea homologada en las demarcaciones para que se pueda justificar debidamente el cobro del DAP sin que ello represente una ilegalidad.
Anticipó que los 18 municipios seguirán percibiendo afectadas sus finanzas por los amparos.
“Las empresas seguramente continuarán reclamando la devolución del DAP con amparos que seguramente les habrán de beneficiar mientras no se hagan ajustes a la ley que permita a los municipios hacer este cobro sin que sea una situación inconstitucional” señaló.
El diputado local recordó que la inconstitucional en el cobro del Derecho de Alumbrado Público es efectiva cuando no hay una recaudación igualitaria por este concepto entre los usuarios de servicio de energía eléctrica, ya que se cobra un porcentaje sobre el consumo de electricidad al interior de un domicilio o predio, pero no sobre el servicio mismo de alumbrado externo, siendo desproporcional el cobro respecto a la extensión territorial del inmueble o predio.
"Pudiera haber un particular que tuviera en un terreno 6 por 300 metros de fondo y otro con un terreno de 300 por tres de fondo, sin embargo quien tiene más metros frontales en su predio paga más y la constitución establece que los pagos de derechos como el DAP tienen que ser igualitarios, es donde la ley se torna inconstitucional y donde se deben hacer modificaciones”, resaltó el diputado local.