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Por incurrir en el delito de desacato a una sentencia de amparo, y en cumplimiento a la resolución por la inejecución de la misma emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Unitario del Vigésimo Segundo Circuito informa que confirmó en apelación la sentencia de un año de prisión, conmutada a condena condicional, la inhabilitación por el mismo periodo y amonestación pública a Graciela Juárez Montes y Aideé Verónica Corona García, Presidenta Municipal y Tesorera del Municipio de Pedro Escobedo, Querétaro, respectivamente, separadas del cargo por el Tribunal Constitucional el 13 de agosto de 2013.
En los mismos términos confirmó la sentencia para Alonso Landeros Tejeida y José Jaime Sixtos de Jesús, quienes fungieron como Presidente y Tesorero del mismo Municipio, de 2009 a 2012, respectivamente.
Ello, al resolver el toca penal 71/2014 en el que confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Querétaro, de fecha 4 de marzo de los corrientes, dentro de la causa penal 48/2013-I instruida en contra de los mencionados por el incumplimiento de la sentencia de amparo dictada por el Juzgado Segundo de Distrito en la misma entidad.
Los quejosos son penalmente responsables del delito de desacato a una sentencia amparatoria, por no cumplir dentro del plazo legal establecido con la devolución de $326,587.85 pesos a una persona moral, a la que se le amparó para que le fuera regresada esa cantidad, luego de habérsele cobrado en su perjuicio el Derecho por Servicio de Alumbrado Público.