Fuentes allegadas a la Fiscalía General del Estado dieron a conocer que ya se inició una carpeta de investigación en contra de Pablo González Loyola, dirigente de la Unidad Cívica Felipe Carrillo Puerto, por la posible comisión del delito de motín.
La acusación se relaciona con los hechos registrados la madrugada del pasado jueves 16 de junio en la zona comercial de la Alameda Hidalgo, donde cerca de 100 comerciantes hicieron guardia ante el rumor de un desalojo.
La información que dio a conocer la Fiscalía General indica que, de acuerdo con el artículo 248 del Código Penal del Estado, “a quienes, para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con el empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla, u obligarla a tomar alguna determinación, se les aplicará de 6 meses a 4 años de prisión y de 3 a 30 días multa”.
Añade que quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín se les aplicará prisión de dos a 12 años.
Señala que los hechos que imputa la dependencia son: entre la 01:40 y las 06:00 de la mañana del pasado jueves 16 de junio 2016, en la Alameda Hidalgo de la capital queretana, aproximadamente 100 personas, lideradas por Pablo González, pertenecientes a la Unidad Cívica Felipe Carrillo Puerto, se concentraron en esa zona para hacer guardia por un posible desalojo de los puestos comerciales.
Detalla que Pablo González “pretextando el ejercicio de libertad de expresión”, realizó una serie de amenazas en contra de las autoridades policiales y ordenó el bloqueo de calles, específicamente la avenida Zaragoza, por lo que el juez de control resolvió girar una orden de aprehensión en su contra.
Menciona que la única solución que tiene el imputado, por los cargos anteriormente presentados, sería agotar las fases del proceso ordinario, hasta la obtención de una sentencia, lo que duraría aproximadamente de cinco a seis meses.
También da la opción deo hacer uso de los beneficios del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, el cual consiste en la terminación anticipada del proceso, en términos del artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales, donde su opción sería:
“[Que] admita su responsabilidad por el delito que se le imputa; la emisión de la sentencia en base a la exposición probatoria y debate de las partes en audiencia”, refiere la información de la Fiscalía.
La fuente señala que esta última alternativa permite potencializar el derecho de las personas imputadas a una justicia pronta; una vez que quede firme la misma, podría salir en libertad el imputado, ya que es una consecuencia jurídica de la terminación de su caso de forma definitiva por un juez.