Se modificaron los parámetros de medición de ruido en los establecimientos dentro de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 081, por lo que se hizo una zonificación entre las zonas residenciales y de servicios, ya que la clasificación entró en vigor y se delimita por los usos de suelo, explicó el Director de Ecología municipal de Querétaro, César Chávez.
“Se dio una reforma a la NOM 081 que regula las emisiones de ruido, toda vez que anteriormente estaban de manera general los decibeles permitidos de 65 a 68 como máximos en la noche; hace unos días se hizo una reforma a esta norma federal que emite Semarnat”, informó.
La modificación consiste en un ajuste de decibeles permitidos de acuerdo a las actividades y eso genera cuatro para la zona residencial, de manera que de 06:00 a las 22:00 horas el máximo permitido es de 55 decibeles, mientras que de las 22:00 a las 06:00 horas son 50 decibeles para zona residencial.
“Para la zona de industria y comercio se mantienen los decibeles en 65 de las 22:00 a las 06:00 horas y de las 06:00 a las 22:00 horas se queda en 68 decibeles; esto incluye las escuelas en áreas exteriores de juego, ya que el horario no está determinado, pero se menciona 55 decibeles durante el juego y actividades”, destacó.
Algunos movimientos
Los eventos de entretenimiento no tienen un horario establecido, pero sí un máximo de cuatro horas con hasta 100 decibeles, lo que obligará a hacer una revisión más puntual de este tema.
“Se van a realizar con base en esta zonificación por actividad, anteriormente si alguien decía: tengo una queja por ruido, nos sujetábamos a los decibeles máximos permitidos, sin importar la actividad, ahora con esta modificación tenemos que sujetarnos a esta zonificación”, expresó.
Ahora al recibir las denuncias por ruido se verificarán primero la zona en la que se ubica para aplicar el máximo de decibeles permitido.