Metrópoli

En contingencia ambiental, gobierno estatal aplicará restricción vehicular

Decreto en el Diario Oficial del estado dice que es una medida que podrá utilizarse en la Zona Metropolitana de Querétaro

02/04/2024 |05:58
Miyazaqui Blanco
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La restricción de vehículos automotores es una medida que se aplicará en los municipios que integran las Zonas Metropolitanas de Querétaro (ZMQ) y San Juan del Río (ZMSJR) en caso de contingencia ambiental.

Lo anterior se desprende de un decreto publicado por el Poder Ejecutivo estatal en el Diario Oficial del estado “La Sombra de Arteaga”. La medida publicada se denomina “Acuerdo por el cual se emiten los Lineamientos y acciones a ejecutar durante un episodio de contingencia ambiental por ozono (O3) en el estado de Querétaro”.

El documento dice que “se restringirá o suspenderá la circulación de vehículos automotores, considerando vías de circulación o zonas determinadas, el color del engomado o número de placas y horario, día o período determinados”.

Al respecto, el titular de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (Sedesu), Marco Antonio del Prete, aclaró que si bien en Querétaro no se aplica un programa de restricción vehicular fijo, esta medida será una herramienta que podrá aplicar la Comisión del Sistema de Alerta Temprana en materia de Salud Ambiental y de respuesta a Contingencias Ambientales para reducir emisiones de ozono, en caso de que se encuentren en altas concentraciones y que sea un riesgo para la salud de la población.

La restricción no aplicará para vehículos con certificado 0, 00, y a los exentos de estados de la Megalópolis (Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala), nide Guanajuato o Michoacán.

También se restringirá la circulación para todos los vehículos que contaminen ostensiblemente. Se restringirá la circulación también a los vehículos con cualquier terminación de placas de Querétaro que no cumplan las disposiciones del Programa Estatal de Verificación Vehicular estatal vigente.

Además, se suspenderá de la circulación en la ZMQ y ZMSJR en un horario de 5:00 a 11:00 horas para vehículos con placas foráneas y federales de cualquier terminación, en los días cuando se active la contingencia.

También la autoridad estatal impondrá sanciones a los propietarios, poseedores o conductores de los vehículos que incumplan con alguna de las disposiciones mencionadas.

El decreto expone que es importante reducir la emisión de contaminantes y daños en la salud, ante el incremento del parque vehicular, saturación de espacios viales, y el aumento de los vehículos matriculados.