Seis estancias infantiles en la capital del estado recibieron la suspensión definitiva por parte de un juzgado de distrito, para que así puedan recibir los recursos económicos que les permitan funcionar como lo hacían con anterioridad.

Esto lo dio a conocer la diputada federal, Sonia Rocha Acosta (PAN), quien dijo que esto se logró luego de interponer los amparos ante la medida que implementó el gobierno federal.

En dos de estas estancias, ha sido necesario interponer un incidente de desacato, debido al incumplimiento de la Secretaría de Bienestar del gobierno federal para cumplir con entregar los recursos y aplicar las reglas de operación de 2018, por lo que tienen 72 horas hábiles para cumplir con esta orden a partir de que sean notificados por la justicia federal.

En caso de que continúen sin cumplir con la suspensión definitiva, se interpondrá otro incidente para que sean obligados a cumplir, además de que serían acreedores a multas económicas.

En las cuatro estancias restantes, el gobierno federal inició un recurso de queja sobre la suspensión definitiva, por lo que esta instancia deberá de ser desahogada antes de que quede firme la decisión.

Cabe destacar que hay dos casos más que no han emitido una resolución del juzgado federal, por lo que el despacho encargado de llevar el caso interpuso un recurso de queja para que sea un tribunal colegiado de distrito quien resuelva.

La diputada aclaró que ninguno de los recursos de amparo que se promovieron se ha perdido, y en la mayoría se ha logrado la suspensión definitiva.

Primeros amparos

En marzo se concedió en Querétaro la primera suspensión para que no se aplique la reducción de presupuesto para una estancia infantil.

El recurso fue promovido por la beneficiaria del programa, Francisca Argueta Sánchez, y su hija, quienes formaron parte de los primeros nueve amparos que promovió la diputada federal.

El documento fue emitido por la juez séptimo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, Gabriela Vieyra Pineda, con Incidente de Suspensión 395/2019, en el que se considera procedente el amparo, debido a que el Programa de Bienestar para Niñas y Niños —nombre que recibió el programa de Estancias Infantiles en 2019— no garantiza la prestación del servicio para los niños que ya eran beneficiarios, lo que contravendría el principio de progresividad, y el interés superior del menor.

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