Javier Rascado, presidente de la Defensoría de Derechos Humanos (DDHQ) emitió una recomendación contra el municipio de Ezequiel Montes y exigió que la administración capacite a su personal, luego de que detectó diferentes omisiones que culminaron con el suicidio de una persona que se encontraba detenida. Los hechos ocurridos 22 de enero de 2021 fueron causa de la recomendación 3/2023.
La recomendación obliga a que en Ezequiel Montes deban implementarse cinco acciones a favor de los derechos humanos de las personas detenidas, resolución que se adoptó luego de que determinó la DDHQ que la persona privada de su libertad no pasó por una certificación previa a que fuera ingresada al Juzgado Cívico, tampoco se le enfrentó a una audiencia ante el juez y no se le proporcionó vigilancia adecuada durante su detención.
Se determinó que la administración municipal incurrió en acciones que vulneraron los derechos humanos a la legalidad, seguridad jurídica, vida, integridad y seguridad personal de la persona, quien dentro del Juzgado Cívico Municipal atentó contra su vida.
La detención se realizó por consumir bebidas embriagantes en la vía pública, horas después de su puesta a disposición fue localizada al interior de su celda sin signos vitales, se reportó que presuntamente atentó contra su vida.
De las cinco acciones, una obliga a que, para el Juzgado Cívico Municipal, construya y exhiba la administración municipal un reglamento interno de actuación para el ingreso de personas detenidas, compuesto por elementos a través de los cuales respete los derechos humanos.
Está obligada la administración a establecer personal capacitado y suficiente para el Juzgado Cívico Municipal, durante las 24 horas del día, todo el año. Toda audiencia deberá realizarse en presencia de Jueza o Juez Cívico capaz de valorar las pruebas y escuchar a las personas detenidas, con respeto al principio constitucional de inmediación procesal, así como para garantizar el derecho humano a la legalidad y seguridad jurídica de toda persona detenida.
Deberá incrementarse la cantidad de personas que laboran al interior del Juzgado Cívico Municipal, particularmente tendrá que contarse con personal médico capaz de certificar medicamente el estado de la persona detenida y, de requerirse, esté en condiciones de brindar auxilio rápido ante situaciones de emergencia.
Tendrá que existir personal a cargo de acciones de vigilancia y supervisión de las personas detenidas.
La recomendación subraya que tanto el personal cuyos servicios, médico como el de vigilancia, están obligados a estar disponibles y de planta, al interior del Juzgado Cívico, las 24 horas del día.