La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé declarar que los militares que utilicen recursos de las instituciones castrenses para cometer delitos deben ser juzgados por un tribunal militar, no por un juez del fuero común.

La propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena pretender revocar un amparo concedido a un soldado acusado de crímenes contra la salud para que sea juzgado por un juez castrense. El planteamiento se presentará el próximo miércoles a los integrantes de la Primera Sala,

El ministro considera que el fuero militar sólo es competente de las conductas que atenten directamente contra la disciplina castrense, por lo que debe existir una conexión entre el hecho y el servicio.

“Cuando a un militar en activo únicamente se le imputa la probable comisión de un delito contra la salud en cualquiera de sus modalidades, sin que exista esa conexión, del proceso deberá conocer un juez ordinario y no uno militar”, indicó.

“Cuando ese militar aprovecha los recursos materiales y humanos que le han sido asignados para fomentar o favorecer el narcotráfico en lugar de combatirlo, como aconteció en la especie, esa actividad ilícita guarda estricta conexión con el servicio castrense, objetivamente valorado, por lo que del asunto sí puede conocer el fuero militar”, añadió.

El caso derivó de un amparo promovido por un comandante del Ejército, quien buscaba ser juzgado por un juez de Distrito y no uno militar.

En marzo de 2013, el comandante lideró un aseguramiento de ocho maletas con paquetes de cocaína en una finca. El militar acudió al lugar acompañado de otro comandante de mando móvil y sustrajeron dos de las maletas para entregarlas a unos civiles, supuestamente integrantes de la delincuencia organizada.

Los activos indicaron a la tropa que no hicieran comentario alguno sobre la sustracción de la droga, debido a que el informante que avisó de la localización de las maletas solicitó ser retribuido con una parte. Posteriormente, ambos militares repartieron dinero entre sus subordinados para asegurar su silencio.

Por esto, el Ministerio Público Militar inició una averiguación previa que derivó en que el juez Primero Militar, adscrito a la Primera Región, emitiera un auto de formal prisión contra los mandos por delitos contra la salud en la modalidad de colaborar al fomento para posibilitar el tráfico de narcóticos y traición.

El quejoso solicitó un amparo que le fue concedido porque el caso debía llevarlo un juez de Distrito, no uno militar. El ministro Gutiérrez Ortiz Mena prevé revocar esa resolución y ordenar que el caso sea devuelto para que sea el juez del fuero militar quien continúe el proceso.

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