La iniciativa de ley promovida por la diputada independiente en Quintana Roo, Sonia López Cardiel, para esterilizar a las mujeres que decidan abortar por segunda ocasión, fue rechazada por el Consejo Consultivo de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDHQROO) y condenada por colectivos por el derecho a decidir en la entidad, quienes exigieron frenar, con carácter de urgente, la propuesta de la legisladora.

“Se trata de una medida punitiva y discriminatoria que refleja prejuicios y estereotipos de género, ya que se castigaría la mujer por abortar, y de manera específica, a las mujeres que viven vulneradas y empobrecidas, sin tomar en cuenta las distintas situaciones que viven las mujeres en las que el aborto se volvería una opción”, afirmó el organismo, al exhortar a la legisladora a reconsiderar su propuesta.

“Su planteamiento es discriminatorio ya que fomenta el odio hacia las mujeres al criminzalizarlas por su condición de embarazo no deseado”, aseveró, por separado, la Red Quintanarroense por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Juventudes (RQDSRJ), en un pronunciamiento hecho público este lunes, en el que señala que la esterilización forzada es un crimen de lesa humanidad, conforme al Estatuto de Roma, del cual México es parte.

El 13 de marzo pasado, la legisladora presentó ante el pleno del Congreso local, una iniciativa de decreto para reformar la Ley estatal de Salud y el artículo 97 del Código Penal del estado, para que estando en el supuesto de una circunstancia económica grave o justificada, la mujer que tenga la intención de someterse por segunda ocasión al aborto “no punible”, esté obligada a firmar -previamente- una carta de consentimiento informado para ser sometida a la aplicación de un método anticonceptivo definitivo.

“De no ocurrir lo anterior las instituciones de salud pública en el estado estarán obligadas a otorgar el servicio consistente en el aborto ‘no punible’ y, si la persona se sometiera al mismo, será sujeta a las sanciones establecidas en el artículo 93 del presente código”, se indica, lo cual implica que la mujer puede ser enviada a prisión de seis meses a dos años.

Al respecto, la Comisión de los Derechos Humanos del estado consideró que la propuesta de la diputada es “discriminatoria”, en dos sentidos, uno de ellos, al restringir el derecho de las mujeres a decidir sobre su plan de vida, limitando sus derechos sexuales y reproductivos, particularmente el derecho a decidir cuántos hijos procrear y la elección de los métodos de planificación a usar.

En segundo lugar, el que las mujeres sean sometidas a un procedimiento permanente de anticoncepción bajo el argumento de la situación de pobreza que enfrenten, “es una práctica que diversos organismos internacionales han señalado como esterilización forzada, pues condicionaría a mujeres que vivan en situación vulnerable, al acceso a un servicio de salud pública”, señaló el organismo.

Por separado, la Red Quintanarroense por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Juventudes (RQDSRJ), condenó la iniciativa de López Cardiel, quien preside la Comisión de Salud y Asistencia Social, al señalar que la esterilización forzada es un crimen de lesa humanidad y de guerra, de acuerdo con el Estatuto de Roma, en sus artículos 7 y 8, estatuto del cual México es parte.

“Las propuestas vertidas en la citada iniciativa van en contra de los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos de las mujeres, ratificados por México, que ya son parte del derecho interno acorde a lo señalado por el artículo 1 de la Constitución Mexicana en su reforma del 2011 (…)

“Lo anterior implica que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”, se indica.

Para la red, la diputada parte de un prejuicio que supone que abortar es una decisión fácil, que no pone en riesgo la vida de quien lo practica bajo deficientes condiciones higiénicas, desconociendo que muchas mujeres toman la opción por la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, por violencia sexual, por su limitada autonomía o por carencia de información para prevenir un embarazo.

“En lugar de sancionar y criminalizar a la mujer y especialmente a las mujeres pobres, obligándolas a aceptar un método anticonceptivo definitivo, se debe, conforme a los tratados internacionales en derechos humanos de las mujeres, brindar la más alta calidad de atención en su salud sexual y reproductiva, buscando incidir en las motivaciones, condiciones y consecuencias de embarazos no deseados”, sugirió la Red, que agrupa a diversas organizaciones y colectivos.

Otros elementos de la iniciativa de la diputada, proponen incluir en el Código Penal, un Artículo 92 Bis, que versa sobre el “aborto no punible”, con una serie de consideraciones. También, se derogaría el artículo 96.

En torno a las reformas al artículo 97 del Código Penal -que se refiere a las cuatro causales para permitir que una mujer aborte en Quintana Roo- se propone agregar una quinta, que considera “graves y justificadas”, las condiciones económicas de la pareja para suspender el embarazo.

Incluye modificar el texto original de la tercer causal -que se refiere a que se puede suspender el embarazo si a juicio de dos médicos, el producto padece alteraciones genéticas o congénitas- el que además deba contarse con el consentimiento de los progenitores.

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