Constitucionalistas, jueces y magistrados aseguran que la iniciativa que Morena presentó en el Senado, la cual busca elevar a rango constitucional la improcedencia del amparo, es un retroceso absoluto a las libertades, grave y peligroso, y con esto confirma que actualmente sí pueden impugnar la inconstitucionalidad de reformas a la Constitución.

Además, explican que esta reforma no tendría por qué ser retroactiva y aplicaría a partir de su publicación en el (DOF).

Rafael Estrada Michel, doctor en Derecho y constitucionalista, considera que la propuesta de la reforma de supremacía constitucional es contraria a la Constitución, y las leyes que de ella emanan, por ejemplo, la Ley de Amparo.

“Han alegado que no debe proceder el juicio de amparo en términos del artículo 61 de la Ley de Amparo, contra reformas constitucionales, entonces dice el oficialismo ‘no procede’ y por lo tanto la admisión de las demandas de amparo es indebida, ilegal y debería castigarse a los jueces que están admitiéndose y suspendiendo el acto reclamado. Es un reconocimiento tácito que sí procede el amparo”, argumenta.

Francisco Burgoa, constitucionalista y académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), califica esta acción como regresiva, porque Morena está haciendo un reconocimiento implícito de que sí se puede controvertir la constitucionalidad o la convencionalidad de este artículo 61, fracción primera de la Ley de Amparo, que establece que el amparo es improcedente contra reformas y adiciones a la Constitución.

“Con esta reforma, lo que pretende Morena es que no proceda ningún medio de control judicial en contra de una reforma constitucional, es sumamente grave y peligroso porque el hecho de que se impida controvertir.

“¿Qué va a pasar si el día de mañana Morena o el partido político que sea decide estar cometiendo violaciones al proceso legislativo de la reforma constitucional? Se va a aprobar, no existiría ningún recurso para impugnar, o que si en el contenido de una reforma constitucional se están violando derechos humanos. Entonces, tampoco la Corte va a poder hacer absolutamente nada”, sostiene el abogado.

El académico explica que esta reforma debería de ser en el momento en que se publica en el Diario Oficial de la Federación en adelante, hacia el futuro, no tendría que tener retroactividad, porque eso sería contradictorio con el artículo 14 de la Constitución, que indica que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

“Es uno de los principios fundamentales de un Estado constitucional y democrático de derecho, porque va a proteger a las personas en contra de la inseguridad jurídica. Pretender que una reforma constitucional tenga efectos retroactivos para invalidar recursos legales que están en curso previamente que fueron interpuestos va en contra de este principio”, precisa.

El abogado advierte que se están poniendo en riesgo los derechos de las personas, por ejemplo, de jueces y magistrados que presentaron demandas de amparo y asociaciones civiles en contra de la reforma al Poder Judicial.

En tanto, jueces y magistrados consultados por EL UNIVERSALexplican que el transitorio que propone Morena afectaría a todos los juicios de amparo, controversias y acciones de inconstitucionalidad ya promovidas contra la reforma judicial, quedando sin materia y sobreseimiento. Esto, haciendo retroactiva la ley en perjuicio de todos los promoventes, lo cual es ilegal y arbitrario porque a ninguna ley se le puede dar efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Abundan en que la supremacía constitucional es la característica principal de la Constitución, ubicándola en la cumbre normativa de un sistema jurídico, lo que le da unidad y coherencia; ningún poder organizado ni regulado por la Constitución, ninguna norma puede ubicarse por encima de ella.

Los impartidores de justicia detallan que Morena busca concentrar el poder en una persona o en un partido, es decir, cualquier reforma a la Constitución que con su mayoría calificada puede lograr, por más injusta e ilegal que sea, no se pueda controlar o analizar y anular por un Tribunal constitucional. Enfatizan que cambiaría de inmediato el sistema de una democracia constitucional a una autocracia donde el poder del Ejecutivo o del partido sea ilimitado, sin controles jurisdiccionales o de jueces. La retroactividad en perjuicio ya ni siquiera sería un impedimento, pues el Estado de derecho terminaría junto con la democracia constitucional y la ley sería la que estableciera el autócrata o autoritario.

Marco Antonio Zeind, doctor en derecho y profesor en la UNAM, refiere que son enfáticos en señalar que los tribunales tendrán que atenerse a la literalidad de lo que señalen la Constitución y las leyes, entonces ahí estarían perdiendo cualquier esencia de poder judicial, los órganos jurisdiccionales.

“Se pondría en riesgo el Estado de derecho”, subrayó.

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