San Luis Potosí se convirtió en la primera entidad en tomar en consideración a las mujeres transexuales dentro de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de acuerdo a una revisión realizada por El Universal San Luis Potosí.
Esta consideración quedó patente dentro de las modificaciones realizadas a la legislación en la materia yaprobadas por el Congreso del Estado en sesión extraordinaria del pasado jueves 03 de enero.
El término aparece dos veces dentro del documento en diferentes artículos, el primero de ellos: en el artículo 18 que hace referencia a las atribuciones de la Fiscalía General del Estado a la que corresponde, además de otras cosas, “dictar las medidas necesarias para que las mujeres víctimas de violencia reciban atención médica y psicológica de urgencia; debiendo en su caso dar la atención especializada cuando se trate de mujeres víctimas de violencia que se encuentren embarazadas, con alguna discapacidad o que sean menores de edad, migrantes, indígenas, transexuales, o en cualquiera otra condición que requiera atención especializada”.
Aparece nuevamente dentro del artículo 33 de esta ley relativo a las órdenes de protección de emergencia y como parte de los grupos de mayor vulnerabilidad en este sector de la población.
Al incluir este término, San Luis Potosí se convierte en la primera entidad en considerar a las mujeres transexuales como sujetos de la protección de la violencia de género, aspecto que se demostró al consultar las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del resto de las entidades federativas, incluso el termino tampoco se incluye dentro de la Ley General en la materia.
bft