¿Con qué calidad moral ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se atreven a señalar que ciertas leyes son inconstitucionales, cuando ellos violan de manera continua el artículo 127 constitucional? Este señala: “ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente”. Sin embargo, los ministros de la corte no lo respetan. No es legítimo, ni ético señalar supuestas violaciones a la constitución por parte de los que, de manera flagrante, violan la constitución todos los días con el fin de mantener privilegios indebidos y darse un tren de vida como si fueran jeques de Dubái, con prestaciones ofensivas para la clase trabajadora de este país.

El pasado 22 de junio, nueve ministros de la SCJN le enmiendan la plana al poder legislativo, sin entrar al fondo de la supuesta inconstitucionalidad, promovida por los partidos perdedores de “Va x México”. Es decir, de manera facciosa, parte del poder judicial interviene para ayudar a los que pierden votaciones en el poder legislativo, lo que constituye una actitud francamente facciosa y totalmente antidemocrática, pues no se respeta la voluntad de las mayorías que votaron por diputados y senadores.

Para justificar su actuar faccioso a favor de la oposición corrupta en México, la SCJN, como ha hecho en ocasiones pasadas, no entró al análisis de fondo de la supuesta controversia constitucional, sino que, una vez más se concreta a la forma. Haciendo malabares leguleyos que apoyaran una determinación que a todas luces parecía ya tomada con anterioridad.

Es imposible que magistrados, supuestamente hiperpreparados, tomen resoluciones tan patito como la que tomaron con respecto al llamado Plan B sobre cambios en las leyes electorales. En su resolución, la SCJN entra a analizar con lupa los tiempos de discusión en las cámaras, se pusieron quisquillosos como nunca para señalar la imposibilidad de discutir y votar el plan B en tan sólo cuatro horas y media, pues eso implica dos artículos por minuto (como si todos los artículos requirieran del mismo tiempo de análisis).

En total contradicción, la SCJN tomó su resolución, de 157 páginas, en tan sólo una hora con 10 minutos. Es decir, apenas 2.2 minutos por página. Lo anterior demuestra que simplemente se buscaron pretextos leguleyos con el fin de justificar una determinación ya tomada con anterioridad.

Académico de la UAQ.

anbapu05@yahoo.com.mx

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