Cuando los ciudadanos sufrimos una afectación por parte un gigante corporativo ya sea público o privado, es muy fácil pensar que de manera individual no podremos luchar contra semejante coloso administrativo, y preferimos dejar pasar el mal momento sin mayor esperanza de ser restituidos en nuestro derecho violado. ¿A cuántos nos ha pasado eso? Seguro que a la mayoría: pensemos en un cobro indebido por parte de alguna empresa telefónica, o el cargo del recibo de energía eléctrica, etcétera.

Hoy existe en México una figura jurídica ya establecida en la Constitución y en el Código Federal de Procedimientos Civiles denominada “Acción Colectiva”, la cual es poco utilizada y difundida, misma que con un mínimo de 30 ciudadanos organizados, tiene por objetivo que estos se defiendan y se protejan de las violaciones a los derechos e intereses de una colectividad en materia de relaciones de consumo, de bienes y de servicios públicos o privados y en los temas de medio ambiente.

Hoy quisiera hacer referencia en específico a una sola de ellas y que puede ser de mucha utilidad para los ciudadanos que sientan vulneraciones a sus derechos como consumidores de bienes y servicios. Este procedimiento debe ser ejercitado por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) o por los mismos ciudadanos.

Es muy importante señalar que la acción colectiva pretende en este caso eliminar prácticas desleales de las empresas hacia un gran número de consumidores y lo realmente significativo es que con una sola sentencia se puede beneficiar a todo el grupo que se encuentre en la misma acción.

Existen en la página electrónica acolectivas.profeco.gob.mx distintas acciones colectivas promovidas algunas por la misma Profeco y otras de ciudadanos organizados que han sido dañados en sus intereses a la hora de tomar un avión, contratar un plan tarifario de cualquier servicio, o en las compra de muebles, por mencionar algunos casos. Existe la posibilidad de adherirnos a tales listados y ser parte de los beneficios que otorgaría el órgano jurisdiccional —siempre y cuando se demuestre la afectación y se sentencie en tal sentido— en favor de la colectividad quejosa.

Existen algunos casos de éxito que alientan a que los ciudadanos puedan promover este tipo de acciones: uno de ellos es por el año de 2010, cuando una mueblería de renombre nacional perjudicó a personas que no recibían los muebles comprados, o también, las distintas tiendas en el país no respetaban las garantías; el ejemplo anterior es una muestra de cómo 669 personas organizadas bajo la tutela de esta figura jurídica lograron una sentencia favorable por parte de los tribunales.

Otra de las bondades de este procedimiento, es que dentro del procedimiento ante los tribunales también se encuentra una fase de audiencia previa y de conciliación donde se busca que las partes en conflicto puedan llegar a un acuerdo que les beneficie y no se tenga que esperar al resultado de la sentencia.

Sin duda creo que el camino para que este país cambie, es que la sociedad cada día se organice a efecto de incidir de manera colaborativa y no confrontativa en los grandes problemas que nos aquejan: nuestra realidad debe ser vista de otra manera, pues sería sano pasar de un gobierno que no puede y debe hacer todo, a por el contrario, un esquema donde haya tanta sociedad como sea posible y solo gobierno como sea necesario.

Director General ArtMol Consultores y Servicios

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