La reestructuración del poder judicial representa el mayor desafío para el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo (CSP). La impartición de justicia por parte de los órganos competentes enfrenta graves dificultades de corrupción, impunidad y retardo procesal. Romper esta inercia histórica constituye el punto crítico para la continuidad de la Cuarta Transformación iniciada por Andrés Manuel López Obrador.

La controversia que existe entre los Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), derivada de la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el pasado 15 de septiembre de 2024, mediante el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Reforma del Poder Judicial, introduce nuevamente el debate sobre lo que la división de poderes significa en el marco de un gobierno democrático.

La división de poderes y el principio de “pesos y contrapesos” constituye la forma de organización del poder público institucional, cuyo propósito es evitar la centralización de un poder que someta y subordine al pueblo a sus dictámenes. No se trata de utilizar el poder ejecutivo, legislativo o judicial para defender los intereses particulares de una élite política, económica o financiera, colocándose como un “opositor” de las mayorías –como lo haría un partido político– sino de proteger las decisiones del pueblo soberano de México.

Confundir el modelo tripartito de la distribución del poder, pieza clave de la Constitución y de los Estados modernos para proteger los derechos de todas las personas, con una postura inclinada a favorecer a la oligarquía, debilita el fundamento mismo de la democracia. Abre la puerta a patologías que ponen en riesgo el principio mismo de la separación de poderes.

La función del Poder Judicial consiste en impartir justicia de manera expedita, resolviendo conflictos entre las personas y entre los órganos del poder público, así como la protección de los Derechos Humanos establecidos en la Constitución Federal y los tratados internacionales, además de salvaguardar los derechos político-electorales de la ciudadanía. Para cumplir con su quehacer y convertirse en un contrapeso real frente a los otros poderes de la federación debe tomar distancia de intereses particulares y abocarse a realizar la tarea que le corresponde.

El Poder Judicial carece de facultades para interpretar las leyes vigentes en el marco constitucional y modificarlas como pretende hacerlo, apoyado en la decisión de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Llevar a cabo esta acción implicaría colocarse por encima de los Poderes de la Unión, fracturando el principio de división de poderes. Sólo el poder legislativo tiene la facultad constitucional de reformar, modificar y derogar leyes, derivada del mandato del pueblo soberano que representa.

A pesar de los intentos coordinados por la ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, para revertir la Ley del poder judicial –ya vigente en el marco constitucional–, jueces, ministros y magistrados serán electos por el pueblo de México en junio de 2025.

Doctorada en Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM y Posdoctorada por la Universidad de Yale

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