Hoy resuelve el pleno de la SCJN el diferendo de criterios que fuera planteado por los miembros de la Comisión de Evaluación del Poder Judicial, referente a las resoluciones emitidas por la Sala Superior y jueces de distrito; la primera ordena violar las suspensiones de amparo y continuar el proceso electoral, mientras que los otros acordaron suspender el procedimiento electoral extraordinario de funcionarios del Poder Judicial. La magistrada presidenta de la Sala Superior no solo dictó sentencia violatoria a varios juicios de amparo, también mediáticamente se defiende en diversos medios de comunicación, deslegitimando las actuaciones legales de las autoridades judiciales, incluso descalifica a ministras y ministros, al considerar que no tienen ninguna atribución en materia electoral, que ellos son la única y última instancia en la materia.

Desde que la magistrada Mónica Soto Fregoso y 2 de sus compañeros destituyeron a Reyes Rodríguez Mondragón de la presidencia de la Sala Superior, el trio de magistrados se ha plegado a los caprichos gobiernistas. Todas las sentencias han sido en beneficio del oficialismo, de tal suerte que el actual conflicto legal se debe a la misma situación. Mientras que jueces de amparo, protegiendo derechos humanos, acuerdan suspender el procedimiento electivo, los magistrados ordenan lo contrario y facultan tanto al INE como a los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, continuar con el viciado procedimiento; en total desacato a las resoluciones de los jueces de amparo. Por cierto, la señora presidenta de la Sala, en entrevista confesó no saber de Derecho de Amparo, luego ¿Por qué ordenó la violación a los acuerdos de los jueces?

La magistrada Soto, con desesperación clama que, 4 ministras y ministros dejen de conocer del tema que hoy resolverán, supuestamente porque hicieron comentarios sobre el conflicto que se espera sea resuelto y descalificó el contenido de la ponencia que fuera dada a conocer. Por supuesto que los ministros no le harán caso a la magistrada. La SCJN no revocará las resoluciones, tanto de la Sala Electoral como de los jueces de amparo; simplemente emitirá el criterio jurídico y constitucional que debe someterse al imperio de la Constitución y Ley de Amparo. La magistrada teme ser exhibida por abuso de poder, por ello la desesperación. Carece de autoridad legal al ordenar la violación de las suspensiones y la continuidad del procedimiento y no puede presentar denuncia penal en contra de la autoridad judicial.

Analista legislativo. @HectorParraRgz

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