El trabajador tiene el derecho a un salario justo, que le permita vivir dignamente y proveer para sus familias, y deben ser ajustados según las condiciones económicas y sociales y los empleadores tienen la responsabilidad de pagar un salario justo y de proporcionar condiciones de trabajo dignas y seguras, según lo establecido en la Encíclica “Rerum Novarum” del Papa León XIII publicada el 15 de mayo de 1891.
Fue así que en la Constitución de 1917 en su artículo 123, promulgada en Querétaro, se estableció que el Congreso y las Legislaturas de los Estados deberían de fijar el salario mínimo para los trabajadores, tomando en cuenta las condiciones de cada región y rama de la industria.
El texto vigente del artículo 123 de nuestra Constitución establece que es la Comisión Nacional de Salarios Mínimos quien fijará el salario mínimo, que deberá ser revisado de manera anual para asegurarse que se ajuste a la inflación y al crecimiento económico.
Cabe hacer mención que el periodo de gobierno que mayor incremento ha tenido el salario mínimo fue durante ha sido de 1982 a 1988 de Miguel de la Madrid en el orden de 439% por ciento, pero cabe destacar que durante este periodo la inflación fue muy alta, llegando a tener un pico de 159 por ciento en el año de 1987, por lo que el poder adquisitivo no se mejoraba a pesar de esos aumentos nominales.
Hasta antes del 28 de enero de 2016, el salario mínimo se tomaba como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia en diversas leyes y ordenamientos, incluyendo los créditos hipotecarios contraídos por los trabajadores, así como los distintos impuestos o derechos que estaban referidos a los salarios mínimos, por lo que se estableció como referencia la Unidad de Medida y Actualización que actualmente nos rige.
Ese atavismo de tener como referencia los salarios daba como consecuencia que los salarios aumentaran durante un tiempo con un máximo del porcentual a la inflación y por si acaso uno o dos puntos por encima.
Así las cosas y mientras se fueron adecuando las leyes secundarias, se hizo posible que sin ese atavismo o indexación, la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, en la que participa gobierno, trabajadores y empleadores, determinaran aumentos mucho muy mayores que antes del 2018, por lo que el aumento durante el sexenio que acaba de concluir fue de 115.4 por ciento, muy distante al 439 por ciento que como dije se dio durante el periodo 1982-1988, aun cuando desde luego mucho pero mucho mas baja la inflación.
Todo esto viene a cuenta por que se ha dado a conocer que para 2025 el aumento será de 12 por ciento y muy por debajo del 30 por ciento que en este año que fue electoral se estableció, sin embargo este aumento únicamente es para el comercio formal que en su mayoría cuenta con seguridad social y que encuentran inscritos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, no así para los millones y millones de mexicanos y cada vez más por desgracia están en la economía informal y tampoco contar con el 3 por ciento de la tasa de desocupación y que se refleja en 1.5 millones de mexicanos que no tienen trabajo ni formal ni tampoco informal que en 2024 están rondando en 41 millones persona y que porcentualmente representa el 68 por ciento de quienes expresaron al Inegi tener un trabajo, de tal manera que es buena noticia para lo trabajadores formales pero no así para los informales.
De ahí la importancia que una y mil veces ha expresado el gobernador Mauricio Kuri González, al decir que “El mejor programa social es el empleo”, de ahí la apuesta que tiene para dotar de condiciones adecuadas para que lleguen cada vez más empresas generadoras de empleo y que necesitan agua y energía, así como educación, salud, paz y desarrollo social, por lo que juntoo con el Secretario de Desarrollo Sustentable Marco del Prete Tercero y todo el equipo de trabajo redoblarán los esfuerzos para que en 2025 se generen más y mejores empleos.