Antes de la artera mayoría de Morena en el Congreso de la Unión, existía el control de convencionalidad, así como las suspensiones con efectos generales contra las leyes. Ya no más.
La primera figura permitía que actos de alguna autoridad, inclusive reformas constitucionales, pudieran ser revisados y, en su caso, suspendidos por los tribunales si contravinieren los derechos humanos, según lo convenido por el gobierno mexicano al firmar tratados internacionales aprobados por el Senado. Dicha potestad se extendía hasta el Tribunal Americano de Derechos Humanos. Las modificaciones al artículo 105 constitucional estipulan que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. Así, lo que aprueban los partidos en el gobierno, generalmente según los deseos de “ya sabes quién”, no podrán ya ser revisados jurisdiccionalmente por nadie, por más que alguien considere violados los derechos de las personas. Pueden hacer lo que quieran sin tener siquiera que escuchar las razones de los que se opongan. Lo están haciendo. Nadie los puede revisar.
Por otro lado, en aquellos idos tiempos (de hace unas semanas), cuando a solicitud de una persona, un juez o jueza consideraba que una norma o acto de autoridad trastornaba los derechos fundamentales de las personas, se decretaba la suspensión del acto reclamado en lo que se juzgaba el asunto en forma definitiva, para, en su caso, no seguir afectando indebidamente los derechos. Ello suspendía la aplicación de la norma o acto de autoridad en general, en la presunción de que, si es indebido para uno, lo será para todos.
Ahora se ha acabado con esa aplicación general. Cada persona que sea afectada tendrá que iniciar su juicio. Dice el gobierno que decretó esto porque los poderosos conservadores se dedicaron a impedir la acción gubernamental gran transformadora que actuaba siempre en beneficio de las otrora indefensas mayorías.
Lo que es previsible es que esos poderosos tendrán forma de seguir sacando adelante sus intereses, porque tienen y tendrán los recursos necesarios. Hoy, si algunos integrantes de esas indefensas mayorías son afectados, no podrán beneficiarse de la decisión previa del juzgador, sino que deberán tener los recursos para defenderse solos. Las mayorías no los tienen y no los tendrán; quedan indefensas.