Votar suele no ser racional; esto debido a que los costos de hacerlo —informarse, registrarse en el padrón, acudir a las urnas, etc.— con frecuencia son mayores que los beneficios obtenidos. Sin embargo, aún así, en México alrededor del 60% del electorado acude a votar en elecciones presidenciales y 50% en intermedias federales. Se suele asumir que abstenerse de votar deja en manos de otras personas la decisión que está en juego. Ese prejuicio puede ser parcialmente cierto cuando se trata de la selección de gobernantes y representantes ya que no acudir a las urnas aumenta el peso proporcional del voto de aquellas personas que sí acuden.

Digo que se trata de un prejuicio parcialmente cierto ya que, en realidad, también dejan de acudir quienes no se sienten atraídos por las propuestas de  los contendientes, de quienes están en contra del sistema y quieren un cambio o bien, quienes lo hacen por razones estrictamente individuales que no tienen intencionalidad política alguna. El razonamiento anterior, no obstante, obtiene un matiz relevante cuando no se trata de elegir gobernantes o representantes pues, en esos casos, no existe un mínimo de votación para que el resultado electoral sea vinculante.

Puede suceder (y ha sucedido) que en una elección participe sólo el 30% de la lista nominal y eso no la invalida. En el caso de nuestras nuevas figuras de democracia directa (consulta popular y revocación de mandato) se requiere la participación del 40% del electorado para que los resultados sean vinculantes. Si se supera ese nivel de participación el resultado es obligatorio, de lo contrario es, cuando mucho, indicativo. Es decir, no obliga a nadie a nada.

Tuvimos ya un ejercicio de consulta popular en el cual  participó menos del 7% de la lista nominal y  la opinión fue favorable a la pregunta propuesta por el presidente López Obrador y reestructurada por la SCJN sobre enjuiciar a los “actores políticos del pasado”. Me sostengo en lo dicho, el resultado —al no obtener la votación mínima— es, como mucho, indicativo y nadie ha hecho nada para iniciar procedimiento alguno en el sentido anotado por la convocatoria solicitada por el presidente. En el caso de la revocación de mandato estamos en una situación equivalente. Todos sabemos que el presidente será ratificado para terminar su sexenio y quizá la única incertidumbre reside en cuál será el nivel de participación (aunque el ímpetu con el que funcionarios y representantes la promueven hace creer que será sumamente baja).

La consulta de revocación de mandato es un contrasentido. Se trataría de un ejercicio de democracia directa de haber sido impulsada por un sector de la ciudadanía (“desde abajo”), sin embargo, es el presidente, su partido y sus seguidores quien la han solicitado. Por ello, las y los ciudadanos deben saber que cuentan con cuatro opciones que envían mensajes políticos claros. La primera, votar por la revocación, la segunda votar por la ratificación, la tercera asistir a votar y anular la boleta y, la cuarta, no acudir a votar. En este último caso, el mensaje político del “abstencionista” puede ser interpretado como inconformidad con la realización de un procedimiento que claramente, no tiene sentido alguno.

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