La Comisión del Trabajo en el Congreso local aprobó cuatro jubilaciones por encima de los 42 mil pesos —tope que establece la Ley de los Trabajadores del estado— toda vez que las solicitudes fueron ingresadas desde el año pasado, justificó el diputado presidente, Jesús Llamas Contreras.
En total, durante esta sesión se probaron 42 dictámenes por los que se concede pensión por vejez, así como por muerte y jubilación, a trabajadores al servicio de los Poderes del estado y municipios; de los cuales, fueron cuatro expedientes los que se ingresaron previo al 10 de diciembre de 2015, cuando se llevaron a cabo adecuaciones para no permitir altas pensiones.
Dentro de esta misma normatividad se establece que todas las solicitudes deben ser publicitadas en la página oficial de la Legislatura. Sin embargo, de acuerdo con el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), no se hizo así en esta ocasión toda vez que se aplican los criterios de una ley reformada justo el año pasado.
“Es necesario exponer que las solicitudes que aquí se proponen tienen aplicaciones a la ley anterior, por lo que no resulta necesaria hacer su publicación porque la legislación aplicable en ese momento no exigía la publicación del dictamen, por lo que pasan a su discusión directa a la Comisión. Han cumplido con el trámite legislativo aplicable para cada caso”.
En este articulado, dentro del apartado de jubilaciones, en el artículo 136 se establece que los trabajadores tienen derecho a la jubilación con 30 años de servicio y 60 años de edad; mientras que en el 137 se puntualiza que la jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente al promedio de la cantidad percibida como sueldo en los sesenta meses anteriores a la fecha que ésta se conceda.
Por su parte, en el artículo 137 se da a conocer que el monto máximo de la jubilación posible será el equivalente a 42 mil pesos mensuales.
Además que para determinar la cuantía del sueldo de jubilación se tomará en cuenta únicamente el empleo de mayor jerarquía si el trabajador disfruta de dos o más, debiéndose incluir también los quinquenios. Tratándose de antigüedad ésta se contará a partir del primer empleo que tuvo el trabajador.
Esta es la segunda ocasión en la que los diputados de la Comisión del Trabajo, y posteriormente el Pleno de los diputados, aprueba jubilaciones por encima de los criterios de esta nueva ley, argumentando que “no es retroactiva”, y es que las personas que tenían acceso a este derecho ingresaron su documentación con año de anticipación.
Esta misma situación ocurrirá con seis magistrados del Tribunal Superior de Justicia.