En sesión de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, los diputados que la integran aprobaron por unanimidad la iniciativa que presentó el diputado Enrique Correa mediante la cual se deroga el artículo 202 Bis del Código Penal, con el objetivo de agilizar las sanciones contra quienes rayen muros u otros bienes sin autorización de los propietarios.
“Hemos propuesto que se derogue el artículo 202 BIS, que es el tema del graffiti, marca o “tag” sobre muros, vehículos, monumentos sin autorización. Queremos que la sanción sea más efectiva, rápida y ágil, y que la autoridad esté más involucrada, el municipio, sea la que pueda aplicar la norma”, dijo.
Al hacer uso de la voz, Correa Sada recordó que uno de los problemas más frecuentes en las ciudades es el grafito, no como expresión artística sino como rayas que se usan como marcas o etiquetas y que generan percepción de inseguridad.
“Hace algunos años se tipificó como delito en busca de inhibir dicha conducta antijurídica, después de 8 años de aplicación de esta norma jurídica hemos llegado a la conclusión que el endurecimiento de la pena no inhibe la conducta, lo que se ha logrado es tener a los ayuntamientos con las manos amarradas, no pueden procesar a quien cometa la conducta, tienen que llevarlo al Ministerio Público”.
Señaló que bajo el esquema actual, cuando un elemento policiaco sorprende en flagrancia a una persona dañando la propiedad ajena, impacta la vigilancia de las calles: “provoca que tengamos menos policías en las calles, porque un policía que sorprende en flagrancia a un joven grafitero destina más de 6 horas de su turno cuando tiene que ponerlo a disposición del MP”.
El objetivo de la reforma, abundó, es que el principal objetivo de la sanción sea la reparación del daño, pues “como dueño de la barda lo que más me interesa es que la dejen como estaba”.