El municipio de Tolimán cuenta con 10 días hábiles para pagar las remuneraciones que dejó de dar el ayuntamiento a la entonces síndica municipal Eloísa de la Cruz, a quien el anterior cabildo 2012-2015 le suspendió sus prerrogativas y dietas derivado de su ausencia a las sesiones.
Así lo dieron a conocer los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro al resolver la denuncia interpuesta por la ex funcionaria en materia de protección de sus derechos político-electorales.
De acuerdo con el magistrado Sergio Arturo Guerrero, este asunto y su resolución cobran gran relevancia dentro de la jurisdicción local, al ser el primer asunto en el que la justicia local electoral tutela el derecho político-electoral a la ocupación, permanencia y remuneración derivadas de un cargo.
“En la jurisdicción local, debido a que no está contemplado el juicio local para protección de los derechos político-electorales en nuestra ley, pero sí en nuestro sistema jurisprudencial, este es el primer caso en el que una ciudadana ya electa en funciones, a la cual le es suspendida su remuneración, acude al Tribunal para hacer valer su derecho a la remuneración”, aseguró.
La denunciante lo que reclamó es el acuerdo realizado por el municipio el 25 de abril de 2014, en donde se aprobó suspender sus remuneraciones, situación que abarca los derechos político-electorales de un ciudadano.
“El ayuntamiento de Tolimán, al parecer por faltas reiteradas de esta funcionaria decide en una sesión de pleno suspender el pago de sus remuneraciones, con pretexto de que no ha acudido a todas las sesiones de cabildo y avisa a la Legislatura para que inicie el procedimiento de revocación de mandato; sin embargo, no existe facultad legal del ayuntamiento para suspender las remuneraciones y se pide que se le pague lo que dejó de percibir desde el 25 de abril de 2014”.
La magistrada presidenta del TEEQ, Cecilia Pérez Zepeda, coincidió en que el ayuntamiento no tenía la facultad de suspender las prerrogativas de la funcionaria ni los recursos que pudo haber recibido por desempeñar su trabajo en Tolimán.
En este sentido, ordenó al ayuntamiento de Tolimán que en un plazo de 10 días, las nuevas autoridades paguen a Eloísa de la Cruz sus prerrogativas y dietas desde el momento en que se les suspendieron.
Independientemente de que no sea una deuda del municipio actual, si deberá pagar y notificar al Tribunal que se ha cubierto el compromiso.
Los magistrados comentaron que aunque se trate de un nuevo ayuntamiento eso no lo exime de pagar.