El dirigente estatal del PRI, y ex presidente municipal de Pedro Escobedo, Alonso Landeros Tejeida, acompañado por la actual alcaldesa del ayuntamiento, Graciela Juárez, informaron que la deuda por 326 mil 586 pesos que se tenía con la empresa Lacna México II S. de R. L, bajo el concepto de reembolso de Derecho de Alumbrado Público (DAP) fue saldada posterior a la sentencia emitida ayer por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La SCJN ordenó consignar a ambos funcionarios ante un juez federal por el delito de abuso de autoridad y desacato a la sentencia de amparo que se notificó al ayuntamiento desde el 9 de mayo de 2012, y que lo obligaba a pagar dicha cantidad monetaria por concepto del DAP.

En este sentido la empresa mercantil obtuvo el amparo para que se le dejara de cobrar derechos por concepto del DAP, por medio de los recibos expedidos por la Compañía Federal de Electricidad (CFE), y que se le devolvieran las cantidades previamente pagadas por tal concepto, durante el ejercicio fiscal 2012.

A este respecto, el presidente estatal del PRI, argumentó que esta deuda se gestionó desde la administración 2006-2009 en el cargo del hoy fallecido, Edgardo Piña; mientras que la notificación del amparo y el requerimiento del pago se efectuó en mayo de 2012, sin embargo, su gobierno no contaba con el presupuesto para liquidarlo.

“En mi administración no se había presupuestado y no había dinero para pagarlo, sin embargo, hoy (martes) se ha dado cumplimiento a la sentencia de la SCJN, se ha pagado el dinero a la empresa y por lo tanto ha quedado finiquitado el pago”, aseguró.

Asimismo, la alcaldesa de Pedro Escobedo, Graciela Juárez, agregó que el recurso para finiquitar esta deuda fue tomada de la partida presupuestal que tiene el municipio destinada para “amparos”.

“De este asunto no había existido ninguna notificación desde que tome el cargo, no se había notificado de parte de la SCJN hasta el día de hoy”, aseguró.

Ambos funcionarios, reiteraron que en ningún momento se incurrió a un desvió de recursos, ni abuso de autoridad, “simplemente”, fue la omisión de un pago que no hizo la administración municipal 2009-2012, heredada por el gobierno municipal anterior 2006-2009.

Por último, Alonso Landeros, aseguró que una vez que se finiquitó la deuda con la empresa, se dio cumplimiento al requerimiento de la SCJN, por lo tanto no habrá orden de aprehensión, ya que no se ha consignado el asunto, además de que no se cometió un acto ilegal, solo una falta de pago por parte de una administración municipal.

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