En sesión extraordinaria del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), los consejeros negaron por tercera vez consecutiva el registro como partido político a Convergencia Ciudadana, porque sus estatutos no cumplen con lo que marca la ley.
Según el Coordinador Jurídico, Juan Rivera Hernández, hubo dos elementos que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IEEQ verificar: el número de afiliados de la organización a nivel municipal y estatal, así como sus estatutos.
El 17 de octubre pasado el IEEQ ordenó a la Secretaría Ejecutiva solicitar el apoyo del Instituto Nacional Electoral (INE) para verificar si estos documentos de la organización cumplían con lo establecido en la normatividad y en la Constitución.
“Al verificarse estos datos se pudo constatar que la organización si bien sí cumplía con el requisitos de la militancia, con más de 21 mil afiliados y distribuidos en diez municipios, sus estatutos son similares a los del partido Movimiento Ciudadano, y ante ello, la organización tendrá la oportunidad de impugnar dicha resolución”, aseguró.
La agrupación Convergencia Ciudadana, a través de su Secretario General, Julio Cesar Luna, afirmaba que la organización conseguiría el registro como partido político, ya que había cumplido con la orden emitida por el TEPJF.
Desde el pasado 10 de septiembre, basándose en la ley de medios de impugnación, Convergencia Ciudadana interpuso un nuevo juicio ante el TEPJF, con el objetivo de que ordene al órgano electoral darle su registro como partido político.
Deciden por denuncias. De igual forma, consejeros calificaron ayer como improcedente el expediente IEQ/POS/034/2014-P, en relación a la denuncia que en su momento realizó el particular David Tarello Leal en contra del regidor del municipio de Querétaro, José Luis Aguilera Rico, y del partido Movimiento Ciudadano, por actos de precampaña y promoción personalizada.
En este mismo sentido, fue la denuncia emitida por el representante del Partido Acción Nacional (PAN) ante el instituto electoral de la entidad, Martin Arango, quien bajo el expediente IEQ /POS/ 033/ 2014-P denunció presuntos actos anticipados de campaña o precampaña, y promoción personalizada de Diego Foyo López, diputado local del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
“Del análisis de las constancias y pruebas presentadas, los elementos fueron insuficientes para acreditar las conductas que se le atribuyeron y por lo tanto fueron infundadas. No existen elementos de prueba suficiente con lo que se demuestre que el denunciado haya realizado las conductas que le son atribuidas por el denunciante”, concluyó el órgano electoral queretano.
Agregó que el denunciado no puede ser sancionado, en atención al principio de inocencia que también aplica a los procedimientos sancionadores electorales.
Asimismo, ayer los consejeros electorales aprobaron ampliar el plazo para la entrega de la documentación de la Convocatoria para Secretarios Técnicos hasta el próximo 18 de noviembre y para la de los Consejeros Electorales hasta el 15 de diciembre de este año.