Política

IEEQ frena inscripción de organización como partido

Instituto invalida paquete de 909 formatos de afiliacióna Humanistas Renovados de Querétaro AC

El IEEQ determinó no validar los formatos debido a que los ciudadanos no fueron a una asamblea para que se corroborara su libre afiliación. (RICARDO LUGO . EL UNIVERSAL)
16/05/2017 |03:29
Domingo Valdez
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El Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) determinó no validar 909 formatos de afiliación depositados en la Oficialía de Partes por la organización Humanistas Renovados de Querétaro AC, —que solicitó autorización para convertirse en partido local—, por no cumplir lo determinado por la Ley General de Partidos Políticos y los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE), pues los ciudadanos no fueron a una asamblea donde estuviera presente un funcionario electoral y corroborara la libre afiliación a esa institución.

El secretario ejecutivo del IEEQ, Carlos Rubén Eguiarte, explicó que previo al acuerdo aprobado el lunes por el consejo general del instituto, existe un determinación por parte de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral en la que se determina no remitir al INE para su validación los 909 formatos de afiliación, en función de que no cumplen con lo determinado por la ley de Partidos Políticos y los lineamientos del IEEQ.

“Estos ciudadanos no fueron a una asamblea, donde hubiera un funcionario electoral que certificara de manera principal que el ciudadano se afilia de manera libre a esta organización. Es decir, una de las principales razones de nuestra presencias en las asambleas es certificar que el ciudadano acude con libertad y que suscribe un formato de afiliación a esta organización. De manera que, cuando una de estas organizaciones deposita un paquete con 909 formatos de afiliación, de los cuales nosotros desconocemos el origen, la determinación fue no remitirlo al INE para que éste validara que se encontraban inscritos en el padrón electoral y verificar si estos ciudadanos se encontraban registrados ya en alguna otra organización o partido político”, explicó.

Agregó que la determinación fue impugnada por Humanistas Renovados por Querétaro AC, fue validado por el IEEQ, pero la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con sede en Monterrey, Nuevo León, determinó que no es atribución de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral decidir si se envía o no al INE.

Agregó que la asociación entregó los 909 formatos con la intención de incorporarlos a la misma, cuando la ley es clara en el sentido de que estos ciudadanos deben de ser certificados por un funcionario electoral para estar seguros de que fue en libertad esta afiliación. Añadió que la determinación no incide en la posibilidad de que Humanistas Renovados por Querétaro AC pueda convertirse en partido político.