Durante la sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales de la 57 Legislatura se aprobó por unanimidad la reforma al Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente al secuestro, trata de personas y tortura, dotando de mayores facultades al Congreso de la Unión y restando las mismas al Congreso estatal.
Con esta determinación, el Poder Legislativo federal será quien regule las siguientes reformas en este artículo de la ley del estado de Querétaro, y el Congreso estatal no podrá generar leyes al respecto según lo comentó el presidente de la Comisión de Puntos constitucionales, Marco Antonio León Hernández.
“Consiste en darle facultad exclusiva para que en materia de desaparición forzada, e incluso de tortura, pueda legislar únicamente el Congreso de la Unión, esto lo obligará a que por lo menos en 16 legislaturas pueda empezar a procesar una ley general, que va a determinar qué espacios nos quedan a los estados para hacer leyes, particulares”, señaló León Hernández.
Asimismo, declaró que aunque no está de acuerdo con quitar facultades al estado para cederlas al Congreso de la Unión, en esta ocasión sus acepciones ideológicas visualizan un bien mayor haciendo lo de esta manera. “Lo que yo atiendo es el fondo del asunto, a mí me parece que prima el derecho fundamental del derecho de la integridad de las personas”, señaló.
En materia de desapariciones forzadas ya se había tenido anteriormente una ley aprobada por parte de la LVII legislatura, por lo que se está decidiendo si esta es abrogada o sólo reformada en los términos que disponga la ley , sucede los mismo en la que se aprobó respecto a trata de personas.