El juez VII federal ordenó a la Junta de Conciliación y Arbitraje del estado que considere otorgar la toma de nota como dirigente del Sindicato Único de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Querétaro a Nuri Villaseñor Cuspinera.
En rueda de prensa, los integrantes del comité que encabeza Villaseñor dieron a conocer que ganaron el proceso de amparo contra la resolución de la Junta de negarle la toma de nota; por lo que el órgano laboral, afirmaron, tendrá emitir un nuevo acuerdo en donde se le reconozca.
Gerardo Pérez, secretario de Conflictos del comité, manifestó que el juez federal valoró las irregularidades en la negativa de la Junta local para negar la entrega de la toma de nota al Comité Ejecutivo de Nuri Villaseñor, integrado por Gerardo Pérez Alvarado, Fernando Guzmán Medina, José Alberto Rodríguez Morales Medina, Ricardo Chaparro Sánchez, y Teresa Isabel Ruíz Martínez, toda vez que se cumplían con los requisitos marcados por la ley.
Además, dijo que no hay ningún impedimento legal para entregar una toma de nota nueva, ni siquiera el hecho de que exista una directiva previamente registrada.
Destacó que la Junta se vio obligada a entregar el expediente de Saúl García al juez federal para su revisión; se advierte que el proceso culminó cuando la Comisión Electoral decidió retirar el registro de ambas planillas y reponer el proceso de elección.
En la resolución del amparo 1077/2016 del Juzgado Séptimo de Distrito se obliga a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje a dejar sin efecto un acuerdo fechado el 22 de noviembre de 2016, en el que se niega la entrega de la toma de nota al Comité Ejecutivo del SUPAUAQ encabezado por la académica Nuri Villaseñor; asimismo, obliga a esta autoridad laboral a emitir un nuevo acuerdo para que resuelva de forma fundada y motivada dicha solicitud de toma de nota.
“La función de la JLCA en los procesos de cambio de mesa directiva de un sindicato es meramente administrativa y se debe limitar a cotejar las actas de asamblea relativas a la elección o cambio de mesa directiva, respetando las etapas básicas del proceso y en apego a la voluntad de los trabajadores”, señaló.
“La autoridad federal también reconoce que dichas Comisiones cuentan con facultades amplias dentro del proceso electoral sindical, para recibir impugnaciones de los inconformes, vigilar la legalidad del proceso electoral e incluso retirar el registro de las planillas por violaciones a la convocatoria”, agregó.
Gerardo Pérez expuso que el jueves se reunieron con representantes de la Secretaría del Trabajo estatal, quienes se comprometieron a acatar la resolución legal del amparo interpuesto, aunque todavía no se conocía el resultado del mismo.