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En Querétaro no se discrimina a las parejas del mismo género en los procesos de adopción, pues se busca el bienestar de los menores, comentó el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado, Carlos Manuel Septién Olivares.
Lo anterior, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalara la adopción de menores por parte de las parejas homosexuales, con esta disposición se reconoció como inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia, donde prohibe adoptar.
Al ser cuestionado si este caso marcaría un precedente para que en Querétaro se presente una situación similar, el magistrado expuso que no se trata de un tema de discriminación, pues en la entidad, las parejas del mismo género ya pueden contraer nupcias sin interponer un amparo.
Septién Olvides destacó que la adopción es una figura jurídica de igual o mayor importancia que la del matrimonio, sin embargo, en este último se trata de la relación de dos personas adultas que deciden formalizar la relación, pero en el caso de la adopción se debe velar por el menor.
“Todos piensan que para la adopción basta con la petición de papá y mamá, pero implica ver más allá del consentimiento, ver qué es lo que más le conviene al menor de edad, tienen que hacerse estudios sicológicos, económicos, legales que determina el consejo de adopción correspondiente”, declaró el funcionario.
Sobre la posibilidad de que el bienestar del menor dependa de una preferencia sexual, dijo que no se trata de ser separatistas, y será el juez de lo familiar quien determine si se da o no la custodia, una vez que el consejo de adopción realice los estudios necesarios para el dictamen.