El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) determinó que los partidos Movimiento Ciudadano y Encuentro Social no recibirán financiamiento público, sino hasta el inicio del proceso electoral 2017-2018, al no haber alcanzado el 3% de la votación estatal.
En su momento, el IEEQ determinó que estos partidos no recibirían dicho financiamiento, toda vez que no alcanzaron el 3% de la votación estatal, situación que apelaron los institutos políticos ante el Tribunal Electoral, recurso que fue desechado por los magistrados Gabriela Nieto Castillo y Sergio Guerrero.
“Si bien estos partidos conservan su registro nacional, en lo local no alcanzaron el tres por ciento que se establece, y aun cuando su pretensión es obtener el financiamiento público en este 2016 y no hasta el inicio del proceso electoral 2017-2018, no se está violando el principio de equidad, ya que no obtuvieron la votación requerida y, por lo tanto, se confirma el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro”, aseguró Gabriela Nieto.
Asimismo, desecharon el recurso de apelación promovido por el Partido del Trabajo (PT), quien apeló a la decisión del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) de no otorgarle el registro estatal. Sin embargo, logró conservar su registro nacional.
“Se había negado la inscripción como partido político local al Partido del Trabajo, se inconformó e impugnó el acuerdo, pero las condiciones cambiaron después de que se presentó la demanda, ya que a nivel nacional el Partido del Trabajo en una elección extraordinaria de diputados obtuvo nuevamente su registro, de tal manera que ya no es posible en términos legales que vuelva a pedir su registro como partido local, ya que una de las razones era haber perdido su registro nacional”, aseguró el presidente magistrado Sergio Guerrero.
De igual forma los magistrados desecharon y dejaron firme la resolución dictaminada en su momento por el IEEQ, de no sancionar al Partido Acción Nacional (PAN) por haber interpuesto una supuesta “denuncia frívola” en contra del entonces candidato del PRI a la presidencia municipal de Querétaro, Manuel Pozo Cabrera.
“Se confirma la resolución dictada por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, ya que el representante legal de Manuel Pozo quería que se sancionara al PAN al considerar que este le denunció indebidamente, sin embargo, después de estudiar las constancias, determinamos que fue infundado y se desechó, ya que no se da el supuesto de sancionar al denunciante, al PAN”, comentaron los magistrados.
Con la resolución de estos recursos de apelación, el TEEQ dio por concluido los recursos interpuestos por los partidos y actores políticos derivados del proceso electoral 2015, por lo cual aquellos recursos que sean impugnados en el futuro, serán ajenos a éste.
“Con esto cerramos cuentas en relación al proceso electoral del año pasado, y conforme a la Ley tenemos el deber de llevar a cabo actividades de difusión y divulgación en materia electoral, además de trabajar junto con otras instituciones en el proyecto de reforma a la Ley electoral”, acotó.