De acuerdo con el secretario general de la asociación Convergencia Ciudadana, Julio César Martínez, la actuación que ha teniendo el Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) respecto a la aplicación de resoluciones ha sido parcial y al gusto de los consejeros.

Así se refirió ante la sanción emitida al diputado Marcos Aguilar y sobre la negación de registro como partido a Convergencia Ciudadana; dijo que en ambos casos se aplicaron criterios diferentes respecto a hechos notariales.

“El IEQ determina la aplicación de una sanción a Marcos Aguilar por dichos actos de precampaña, los cuales para efecto de acreditación del que presenta la queja hace entrega de no menos de cinco a seis testimonios notariales, con fe de hechos y actos acontecidos que denotan que el diputado federal estuvo realizando actos de campañas”, comentó.

Sin embargo, refirió que cuando la organización presentó al instituto testimonios notariales que acreditaban la realización de asambleas municipales, el Consejo General no las tomó en consideración con valor probatorio.

“Denota una parcialidad de los consejeros, se actuó en ese entonces con parcialidad, criterios distintos aplicados en cuanto a un mismo hecho concreto, que tiene que ver con la presentación de una prueba consistente en un testimonio notarial y que presentamos cuando solicitamos el registro de Convergencia”, aseveró.

Refirió que la resolución que dictaminó el Consejo del IEQ contra Convergencia fue establecido en complicidad con la Secretaría de Gobierno, ya que pidió a esta información —sin estar facultado para hacerlo— para desvirtuar la fe de hechos notariales que presentó la organización.

“Queremos dejar constancia evidente de que el Consejo General actuó manipulado a efecto de determinar que no era procedente el registro de Convergencia Ciudadana”, dijo.

Llevan caso a Tribunal Electoral

De igual forma, comentó, estos hechos ya fueron presentados ante la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del estado, como una prueba real que podría llevar a la impugnación de la resolución del IEQ, es decir, la negación de su registro como partido político.

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