La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Querétaro ha turnado cuatro casos laborales a la comisión nacional en esta materia, debido a que los diputados locales no han “armonizado” u homologado la ley federal con la local, indicó el ombudsman Miguel Nava Alvarado.

El 10 de julio de 2011 se reformó la ley federal de derechos humanos, la cual faculta a las comisiones locales a conocer sobre asuntos laborales, siempre y cuando involucren a instituciones o funcionarios públicos, estatales o municipales.

En el acuerdo legislativo, también se emitió un plazo de 365 días a partir del 11 de julio de 2011 para que los legisladores locales empataran la nueva ley federal de derechos humanos en su respectiva entidad.

No obstante, un año y nueve meses después de reformada la ley en esta materia, en Querétaro no se ha legislado.

Por lo anterior, el titular de la CEDH invitó a los diputados de la LVII legislatura a trabajar en la conformación de esta ley, para que la CEDH pueda conocer y resolver de asuntos laborales.

“No existe a nivel local, porque el legislador queretano no ha reformado la ley de derechos humanos. Hay que preguntarles a los legisladores queretanos: ¿cuándo piensan armonizar la ley de Querétaro en cuestión de la reforma federal en materia de derechos humanos?”, cuestionó Miguel Nava Alvarado.

El ombudsman explicó que cuando se recibe un caso en materia laboral, la CEDH lo turna a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por incompetencia, debido a que no se ha legislado en la materia o por tratarse de alguna instancia federal.

La ley vigente indica que los casos que lleguen a la CEDH que involucren a funcionarios o dependencias federales son competencia exclusivamente de la CNDH.

“Nosotros podríamos conocer de quejas que tengan un origen laboral, pero que de manera intermedia exista una autoridad municipal y estatal. Nosotros no tenemos competencia para quejas federales”, dijo.

Asimismo, señaló que la ley que rige al órgano estatal no tiene competencia para tratar asuntos relacionados con instituciones privadas en materia laboral, es decir, sólo los que involucren a funcionarios públicos municipales o estatales, porque así lo establece la ley.

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