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La Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales de la 59 Legislatura aprobó retrasar mes y medio el inicio del periodo electoral en el estado de Querétaro.
Estas modificaciones se aprobaron sólo en la comisión, por lo que aún falta que se vote y, en su caso, se apruebe en Pleno de la Legislatura local.
De aprobarse en el Congreso, provocará que el periodo electoral comience el 15 de octubre de este año, y ya no el 1 de septiembre.
En la aprobación de leyes secundarias de la Reforma Electoral, se endurecen las sanciones por violencia contra la mujer y el uso de imágenes de menores de edad para promoción política.
El diputado Agustín Dorantes Lámbarri, presidente de la comisión, afirmó que son siete las principales modificaciones que se contemplan, aparte de ajustar el calendario, que son:
Sancionar cualquier tipo de violencia política contra la mujer, aprobar esquemas a favor del voto de queretanos en el extranjero, protección de los derechos de menores de edad durante los procesos electorales y el reconocimiento de los derechos políticos electorales de las comunidades y pueblos indígenas, para garantizar su representación en ayuntamientos y Congreso del estado.
Se contempla que recursos de sanciones electorales puedan destinarse a investigación y trabajo científico, que exista un lenguaje incluyente y que el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) será el responsable de los procesos sancionadores.
Violencia contra las mujeres
Quien sea encontrado responsable de violencia política contra la mujer en el último año previo a los comicios, perderá la oportunidad de ser postulado para un cargo de elección popular.
Son seis posibles escenarios de violencia: obstaculizarles el derecho a asociación o afiliación política, ocultarles información con el objetivo de impedirles toma de decisiones, ocultar la convocatoria para el registro de precandidaturas y candidaturas, proporcionarles información falsa, obstaculizarles la precampaña o campaña.
El artículo 222 establece sanciones como indemnización, restitución inmediata en el cargo al que fue obligada a renunciar, disculpa pública y medidas de no repetición.
Menores en campañas. La diputada priista Abigail Arredondo, indicó que se reformó el artículo 104 para obligar a que en los anuncios se utilice voz o imágenes de menores de edad.
Cuando éstos tengan menos de seis años sólo podrán aparecer con autorización de sus padres, para los mayores de seis deberá contarse con la autorización de los padres y del menor. Si no se cuenta con los permisos, será obligatorio hacer irreconocible la imagen.
Las multas por incumplimiento van desde una a hasta 5 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, desde los 86.88 pesos hasta los 434 mil 400.