La discusión sobre la Ley de Aguas de Querétaro se utilizó de manera mezquina para desvirtuar el quehacer del gobierno de Mauricio Kuri, acusó el secretario de Gobierno estatal, Carlos Alcaraz Gutiérrez.

Luego de que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la constitucionalidad de la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del estado de Querétaro, el funcionario lamentó que el tema haya sido tomado “como botín político” durante las campañas electorales.

“La SCJN se ha pronunciado y ha sido categórica al señalar que la Ley de Aguas del estado de Querétaro es constitucional. Por meses se llevaron a cabo falacias, discusiones y sobre todo se mintió sistémicamente a los queretanos sobre el fondo y el objeto de esta ley. Se usó de manera mezquina para desviar la atención y sobre todo para desvirtuar el quehacer del gobierno de Mauricio Kuri; sin embargo, vamos a pensar que eso era parte de un proceso electoral”, dijo.

Afirmó que la determinación de la SCJN reafirma que es una ley que garantiza el acceso universal al derecho humano del agua en Querétaro, que privilegia el consumo doméstico por encima de cualquiera y una ley en la cual están garantizadas la función y la operación del sistema de aguas en favor del estado.

Resaltó que, como se contempla no sólo en la Legislatura local, sino a nivel nacional en las 32 entidades, hay participación de privados en los casos de excepción en los cuales el estado no puede brindar este servicio.

“Ha sido categórica la SCJN y sobre todo el reconocimiento al Constituyente de Querétaro por llevar a cabo una acción de esta envergadura que hoy ha sido, después de mucho tiempo, de muchas discusiones, de muchos debates, confirmada y apoyada por la instancia máxima en la valoración de los derechos en este país”, indicó.

Tras esta determinación del máximo tribunal constitucional del país, Alcaraz afirmó que hoy el estado verá hacia adelante en seguir trabajando en la consolidación y fortalecimiento del sistema de distribución de agua en favor de los queretanos.

La resolución de la Corte, cabe precisar, fue referente al amparo promovido por Bernardo Romero, exombudsperson y exconsejero de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en el que se argumentaban omisiones legislativas referentes a la falta de criterios específicos para llevar a cabo el suministro del servicio en caso de estrés o crisis hídrica, la falta de mecanismos de participación ciudadana en el texto de la norma, así como mecanismos específicos que regulen las obligaciones de los concesionarios en materia de tratamiento o saneamiento de aguas residuales.

Tales omisiones cesaron sus efectos, fueron subsanadas con motivo de las reformas realizadas el 9 de abril de 2024 que atendieron diversas omisiones y modificaron diversos numerales que conllevaron a la cesación de efectos de algunos reclamos de inconstitucionalidad”, dijo la SCJN.

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