El diputado por Morena, Néstor Domínguez Luna, ingresó una iniciativa de ley en busca de definir claramente las formas de maltrato animal existentes y las penas que generarían.

En ella se establecen sanciones contra tener animales en situaciones de descuido, arrojarlos a la vía pública, abusar sexualmente de ellos, así como contra quienes generen, promuevan asistan o presten sus instalaciones para la realización de peleas de perros.

La Iniciativa que Adiciona y Reforma Diversas Disposiciones del Código Penal del Estado de Querétaro en Materia de Maltrato Animal se presentó para tipificar delitos específicos, así como sus penas, lo que combatiría la impunidad.

Se indica que las asociaciones y organismos dedicados a la protección animal deberán tener preferencia para obtener la posesión definitiva ante una resolución judicial.

Dañar sexualmente a los animales provocará penas de 1 a 2 años de prisión, así como multas de 200 a 300 días de salarios mínimos. La sanción también se aplicará contra quienes realicen videos o imágenes con ese tipo de actos. La sanción se aplicará tanto si se introduce órgano sexual, por cualquier vía, como si se introduce cualquier instrumento distinto al órgano sexual por medio de violencia física.

Contra las peleas de perros se establecen de 1 a 4 años de prisión y de 300 a 600 días de multa, aplicables: contra quien críe, entrene, posea, transporte, compre o venda a un perro para ponerlo a pelear.

Se sanciona a quien proporcione su propiedad, organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para ese tipo de espectáculos; también contra quien asista y a quien lleve a menores de edad. La sanción crecerá en una mitad si quien organice la pelea es servidor público.

Quien abandone en la vía pública a un animal, no procure su bienestar o lo tenga en descuido, será sancionado con penas de 6 a 12 meses de prisión y de 30 a 60 días de multa.

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