El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) avaló la sanción que en su momento determinó el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) en contra de la diputada panista Elsa Méndez, por la promoción personalizada atribuida a su persona.

En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro dictó sentencia al recurso de apelación identificado con clave TEEQ-RAP-3/2019, formado con motivo de la demanda presentada por la diputada con la finalidad de controvertir la resolución de los procedimientos ordinarios sancionadores en su contra.

En el expediente IEEQ/POS/002/2019-P y su acumulado IEEQ/POS/003/2019-P, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, se declaró existente la promoción personalizada de la diputada Elsa Méndez atribuida a su persona.

En razón de lo anterior, la diputada acudió ante este órgano jurisdiccional aduciendo que la autoridad responsable vulneró el principio de presunción de inocencia.

Sin embargo, el Pleno determinó que de los elementos probatorios se comprobó que los hechos sí eran atribuibles a la diputada al haber quedado plenamente identificado su nombre, imagen y cargo en la propaganda publicada, así como su responsabilidad directa e indirecta al haber tenido conocimiento de ésta y no adoptar las medidas pertinentes para evitar su difusión, aunado a que, para calificar una propaganda como gubernamental es innecesario que sea contratada o pagada con recursos públicos e irrelevante que su difusión sea acordada por una tercera persona, esto porque no es exigible alguna calidad personal de quien la emite, pues aunque sea financiada con recursos privados y la difusión contratada por una persona ajena, lo relevante es que se afectó el principio de equidad en la contienda, al beneficiarse con la propaganda.

Finalmente, se advirtió que la propaganda gubernamental de la actora representa un ejercicio público, estratégico y persuasivo, tendiente a su identificación personal. Circunstancia que se aleja y diferencia de una simple felicitación con fines culturales referentes al diez de mayo, por lo que no es posible considerarla como una excepción a la ley.

El presidente del IEEQ Gerardo Romero Altamirano explicó que hace cuatro semanas el IEEQ resolvió que hubo una infracción de parte de la diputada y que debe de ser sancionada, pero por su superior en el Congreso local.

La razón de la denuncia fue la colocación de anuncios espectaculares de parte de Elsa Méndez, con motivo del Día de las Madres y en donde figuraba su nombre.

Diversas activistas decidieron presentar una demanda por considerar el hecho como un acto anticipado de campaña, a lo que la legisladora dijo desconocer quién había puesto los espectaculares con su nombre.

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