La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó los triunfos de los candidatos de Morena a las diputaciones locales 7 y 14, con lo que confirman la mayoría del partido guinda en la 61 Legislatura.

En sesión pública, los magistrados del TEPJF determinaron improcedente las impugnaciones interpuestas por el PAN respecto a la determinación hecha previamente por la Sala Regional Toluca que devolvió el triunfo a Morena en esos distritos.

Con ello, se confirmó, con los votos de la mayoría, la victoria de Eric Silva y Ulises Gómez de la Rosa en los distritos 7 y 14.

La magistrada presidenta Araceli Soto Fregoso y el magistrado Felipe de la Mata Pizaña pidieron una revisión a fondo de lo ocurrido en la casilla 684 contigua 3, en la que se informó que durante la jornada electoral se dio una separación de los funcionarios de casilla de la mesa de votaciones, lo cual argumentaron, se debió a que fueron a recabar el voto de una persona adulta mayor con discapacidad a su domicilio.

Aunque este hecho fue uno de los argumentos que el PAN presentó para solicitar la revocación del triunfo de Morena, ya que expusieron que para ello se sustrajo material electoral, sin que se tuviera la precisión de la cantidad sustraída, los magistrados señalaron que este argumento y la prueba presentada no se puede considerar debido a que el PAN presentó una carta notariada con la narración de los hechos realizada por el representante de casilla, pero con fecha de ocho días después de la elección.

Respecto al expediente SUP-REC-223-45/2024 y acumulados, Mata y la magistrada presidenta señalaron que sí hubo irregularidades en esta casilla en particular, por lo que solicitaron que se lleve a cabo una revisión de fondo ya que dicha casilla no “se apegó a los principios de debida vigilancia y certeza”.

Las irregularidades identificadas deben ser de la entidad suficiente para concluir que el ejercicio democrático está viciado de modo irreparable”, manifestó la magistrada presidenta.

El magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera explicó que a pesar de este incidente, no se puede considerar como válida la carta de hechos ingresada por el PAN ocho días después de la elección, además de señalar que no existen indicios de que esta situación haya afectado la votación ya que la diferencia de votos sólo fue de un sufragio con respecto a la lista nominal registrada.

El magistrado Reyes Rodríguez respaldó lo dicho por Fuentes al señalar que la carta notarial no es elemento probatorio que respalde la nulidad de casilla. “De proceder al análisis de fondo lo que se confirmaría es la resolución de la sala regional ya que desde un punto de vista probatorio no hay suficientes elementos para determinar que hubo irregularidades graves invalidantes de la casilla”.

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