El Congreso del estado determinó reformar la Ley de Hacienda con la finalidad de homologar el cobro del impuesto predial en los 18 municipios del estado.

En sesión de pleno, los 25 diputados de la 57 legislatura aprobaron dichas reformas que establece que los contribuyentes obligados al pago deben guardar una situación idéntica frente a la norma jurídica que lo regula, en otras palabras, las disposiciones tributarias deben tratar igual a quienes se encuentren en la misma situación.

Por ello, la ley ahora considera como predios urbanos edificados a los que se destinen para campos o instalaciones deportivas permanentes y para actividades agrícolas, pecuarias o piscícolas permanentes, independientemente de la superficie de construcción que tengan.

Igualmente entran en esta categoría los predios urbanos de todo el territorio estatal destinados para actividades industriales, comerciales o de prestación servicios permanentes que cuenten con licencia de funcionamiento municipal vigente para esa actividad, así como los destinados para casa habitación permanente y para unidades sujetas a régimen de condómino.

Las reformas a los artículos 19 y 41 de la Ley de Hacienda, dejan sin efecto el criterio legal que establecía que se tomaban como lotes baldíos todos aquellos terrenos que contaran con alguna construcción menor a 10% de su superficie total.

El presidente de la Mesa Directiva de la 57 Legislatura, el priísta Braulio Guerra, comentó que con esta medida se pretende privilegiar a las personas de la zona serrana y castigar a aquellos que buscan evadir el fisco.

“Lo que se busca es combatir la especulación, luego de que se dio el fenómeno de que propietarios de predios baldíos simulaban tener una construcción, cuando en realidad era una caseta o casilla instalada”, dijo.

Guerra Urbiola destacó que esta reforma beneficiará a 48 mil ciudadanos que estarán “blindados” ante cualquier abuso.

El presidente de la Comisión de Hacienda, Gerardo Sánchez Vázquez, refirió que actualmente hay terrenos ubicados en colonias que tienen grandes extensiones en los que los propietarios construyen un pequeño cuarto que los ayuda a pagar el predial como si fuera una vivienda y no en la forma en que correspondería, es decir, como baldío.

La ley estipulaba que los predios sin construir deberían pagar una mayor cantidad de predial y muchos optaban por edificar un cuarto para evadir el gravamen.

Gerardo Sánchez explicó que esa disposición se derogó y la nueva disposición se estableció en la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro

En el artículo 2 transitorio de la ley, se establece que los efectos de este nuevo ordenamiento serán retroactivos al primero de enero de 2013.

Esto implica que quienes pagaron el impuesto con la medida anterior, es decir, aquellos que cuentan con una vivienda en terrenos sin construir, podrán acudir por su reembolso de la cantidad que pagaron de más.

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