El diputado Jorge Arturo Lomelí, secretario de la Comisión de Movilidad Sustentable de la 57 Legislatura del estado, aseguró que en Querétaro no existen lagunas legales que permitan operar a la empresa Uber o a cualquier otra firma que provea servicios de trasporte público sin las debidas autorizaciones.

“Uber se basa en una ley mercantil, pero nosotros estamos regulados en cuanto a la Ley de Movilidad para el transporte del estado de Querétaro. Aquí se mencionan los elementos que deben tener como base para cualquier empresa. Todo lo que viene a ser la regulación al respecto en las diferentes formas de transporte como el servicio público, el servicio especializado, el servicio mixto, el de salvamento, etc. Aquí toda la prestación de este servicio corresponde, sin duda, al ejecutivo del estado” explicó el legislador.

Lomelí Noriega hizo referencia de la ley que avala el posicionamiento que han mantenido las autoridades estatales al respecto y que han calificado de “pirata” el servicio que ofrece Uber en la ciudad de Querétaro.

Dentro de la ley de movilidad para el Estado de Querétaro se menciona que la prestación del servicio de transporte corresponde originariamente al Ejecutivo del Estado, “quien lo podrá prestar de manera directa o a través de concesiones otorgadas a personas físicas o morales constituidas con sujeción a las leyes del país”.

Cabe mencionar que para efectos de esta ley, el servicio de transporte se clasifica en dos variables “servicio público” y “servicio especial”, lo que pretende distinguir las modalidades del rubro.

Por un lado, el “servicio público” se presta de manera continua, uniforme, regular y permanente en las vías públicas del estado y de los municipios, para satisfacer una necesidad colectiva mediante la utilización de vehículos de motor y “por el cual los usuarios pagan una tarifa previamente aprobada por la autoridad competente”.

En lo que atañe al “servicio especial”, se trata de aquel que se presta con el objeto de satisfacer una necesidad específica de determinado sector de la población, “por el que el usuario paga al prestador de servicio, una contraprestación dentro del rango de tarifas, que en su caso autorice la autoridad competente”.

De acuerdo a la ley, la prestación de los servicios de transporte es de interés público y para su prestación se requiere del otorgamiento de una concesión en los términos establecidos por esta normatividad de movilidad.

Al respecto, Jorge Lomelí, coincidió con las declaraciones del titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Jorge López Portillo Tostado, que aseguró que Uber opera de manera ilegal y consideró al servicio como “pirata”.

“Están en lo ilegal. Podrán ser internacionales, pero tienen que sujetarse a la normatividad que está establecida para todo lo que tiene que ver con la movilidad que ellos quieren manejar, como consecuencia están infringiendo la ley, sin duda”, expuso el también secretario de la Comisión de Movilidad Sustentable de la 57 Legislatura del estado.

Indicó que Uber ha podido entrar a otros estados de la República Mexicana porque sí existen vacíos legales, pero afirmó que no es el caso de Querétaro.

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